Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, y Ordenación del Territorio, de fecha 3 de diciembre de 2012, relativa a corrección de error material en el PGMO de Blanca. Fichas urbanísticas. Expte. 79/12 de planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Con fecha 3 de diciembre de 2012 el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden:

Antecedentes de hecho

Primero.- El Ayuntamiento de Blanca, en sesión plenaria de 26 de julio de 2012, acordó subsanar el error material de su Plan General en las fichas urbanísticas de las unidades de actuación y del suelo urbanizable. Lo que trasladó a esta Consejería para su conocimiento mediante oficio registrado de entrada el 28 de agosto de 2012.

Segundo.- A la vista de dicha documentación y previo informe del Servicio de Urbanismo, la Directora General de Territorio y Vivienda emitió el suyo de 8 de octubre de 2012, en el que se señalaba la siguiente deficiencia:

Se ha de completar el documento con la correspondiente memoria justificativa donde se expongan y justifiquen pormenorizadamente los contenidos de los supuestos errores, argumentando los motivos por los que han de ser considerados como tales errores y su comparación con las fichas actualmente vigentes del Texto Refundido del PGMO

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Tercero.- Con objeto de cumplir los anteriores reparos, el Ayuntamiento, con fecha de registro de entrada de 6 de noviembre de 2012, remitió una memoria justificativa de la corrección de errores.

Cuarto.- Sobre dicha documentación, el Servicio de Urbanismo, con fecha 28 de noviembre de 2012, emitió informe cuya conclusión se trascribe a continuación:

La documentación aportada efectivamente corrige las omisiones de determinaciones incorporadas en el anterior texto refundido que pormenorizan las áreas afectas a la reserva para la delimitación del dominio público hidráulico en los sectores UBRS-4 y UBRS-7.

También se corrige el membrete de las fichas de ordenación de los sectores de suelo urbanizable, para señalar que se corresponde con el texto refundido de enero de 2011.

Finalmente, la documentación corrige el esquema gráfico del sector UBRS-2, aunque lo identifica como UBRS-S2, como en el resto de planos del PGMO

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Fundamentos de derecho

Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia (TRLSRM), corresponde al titular de esta Consejería la aprobación definitiva de los Planes Generales Municipales de Ordenación.

Segundo.- De conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento...

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