Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de 18 de mayo de 2010 y normas urbanísticas, relativas a la aprobación definitiva del Programa de Actuación Urbanística del Sector CO-5 (2) en Cartagena. Expte. 135/05 de planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Con fecha 18 de mayo de 2010 el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden:

Antecedentes de Hecho

Primero.- El Ayuntamiento de Cartagena, mediante acuerdo de la Comisión de Gobierno de 4 de agosto de 2003, aprobó inicialmente el PAU de referencia y, después de someterlo a información pública mediante la inserción de los correspondientes anuncios en los diarios La Verdad y La Opinión de 9 de septiembre de 2003 y B.O.R.M., correspondiente al día 11 de ese mismo mes y año, en sesión plenaria de 3 de marzo de 2005, acordó su aprobación provisional y remisión a esta Consejería para su aprobación definitiva. Lo que hizo mediante oficio registrado de entrada el 27 de mayo de 2005.

Segundo.- Sobre dicho expediente el Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo emitió con fecha 20 de junio de 2005, informe que, debido a su extensión se omite su transcripción. Y, la Comisión de Coordinación de Política Territorial, en sesión de 21 de junio de 2005, dictaminó que, con anterioridad a su aprobación definitiva, deben subsanarse las siguientes deficiencias:

a) Se ha de justificar la delimitación del área en aquellos puntos donde no coincide con la establecida por el Plan General, especialmente en relación con la superficie de sistema general administrativo previsto al Norte de la actuación.

b) Se ha de aportar la información correspondiente al Plan General vigente a escala 1/1000 (serie C).

c) Se han de establecer leyendas explicativas en los planos de estado actual e identificar y analizar los usos y características de las edificaciones. No se grafía la delimitación.

d) Se han de completar los planos de infraestructuras. Sólo se contemplan y de forma mínima el abastecimiento y saneamiento. No hay referencia a la red viaria, electricidad, telecomunicaciones y otras afecciones. Se ha de actualizar el plano catastral.

e) En las Normas para la redacción del plan parcial (punto 3) se ha de especificar el uso característico del sector, y en su caso, distribución de edificabilidad entre usos (como parece desprenderse del plano de ordenación no vinculante). Se ha de señalar igualmente si se define un único sector.

f) Se ha de hacer un análisis y estudio sobre las repercusiones sociales y económicas de la actuación sobre la población existente.

g) Se han de recoger las determinaciones que se desprendan del informe de Confederación Hidrográfica, que se ha de volver a solicitar, ya que, el emitido el 25/11/03 es anterior a las importantes obras de encauzamiento realizadas recientemente. El Sistema General de Equipamientos se dispone en terrenos del dominio público hidráulico según el proyecto LINDE

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Tercero.- A la vista del dicho dictamen, el Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes dictó, con fecha 24 de junio de 2005, orden por la que se suspendía el otorgamiento de aprobación definitiva al presente PAU.

Cuarto.- Con fecha de registro de entrada de 23 de octubre de 2006, el Ayuntamiento remitió un nuevo ejemplar del PAU con objeto de subsanar las deficiencias advertidas en la anterior Orden.

Quinto.- Mediante oficio de 16 de octubre de 2009 (RE: 20/10/09), el Ayuntamiento remitió un texto refundido del presente programa de actuación urbanística aprobado en sesión plenaria de 18 de mayo de 2009.

Asimismo, y como complemento de dicho proyecto, mediante oficio registrado de entrada el día 12 de marzo de 2010, el Ayuntamiento remitió copia del Convenio firmado con el Ente Público del Agua sobre suministro en agua potable para el municipio de Cartagena, informe de los servicios técnicos municipales de 5 de mayo de 2009 y dos ejemplares del plano 2-6 Catastral.

Sexto.- A la vista de la anterior documentación, el Servicio de...

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