Extracto de la Resolución de 15 de marzo de 2019 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Programa de Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.

Fecha de publicación20 Marzo 2019
Número de Gaceta1584
EmisorConsejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente - Servicio Regional de Empleo y Formación
SecciónComunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente

Servicio Regional de Empleo y Formación

1584 Extracto de la Resolución de 15 de marzo de 2019 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Programa de Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.

BDNS (Identif.): 444484

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.

Las entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo, o bien, éstos cuando tuvieren personalidad jurídica propia, cuyo centros de trabajo estén ubicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Segundo. Objeto.

Serán subvencionables con cargo a la presente convocatoria los costes salariales y de Seguridad Social a cargo del Centro Especial de Empleo, derivados de la contratación indefinida del personal que integran las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden de 29 de enero de 2018, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de subvenciones para la financiación de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo (BORM n.º 29 de 5 de febrero), modificada por la por la Orden de 4 de marzo de 2019 (BORM n.º 58 de 11 de marzo).

Cuarto. Financiación y cuantía subvencionable.

El crédito disponible asciende a 300.000,00 euros.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Orden de Bases, se establece un crédito total estimado de cien mil euros (100.000,00 €) que se prevé, como consecuencia del aumento del crédito presupuestario derivado de una generación, ampliación de crédito y este sea incorporado a los proyectos de gasto antes citados.

Dicha afectación queda condicionada a la efectiva incorporación del mencionado crédito y la habilitación de la disponibilidad del crédito de la correspondiente partida.

En el caso de que se proceda a incorporar este crédito adicional, total o parcialmente, a la convocatoria con carácter previo a la...

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