Orden de 13 de abril de 2011, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se regulan las normas de organización y funcionamiento del Área de Publicaciones, así como la gestión, coordinación editorial y elaboración del Plan de Publicaciones de la Consejería.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyOrden

El Decreto 81/2005, de 8 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura (BORM nº 164, de 19-07-2005), transitoriamente vigente, recoge en su artículo 11, apartado “d”, que es competencia del Servicio de Publicaciones y Estadística, “La elaboración del Plan de Publicaciones de la Consejería, así como la edición, coordinación y elaboración de las mismas.” Además, en el artículo 11, apartado “f”, se especifica que le corresponden “Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias”.

Conscientes de la importancia de unificar los criterios de calidad y de identidad gráfica de todas las publicaciones, ya que estas constituyen una forma de presencia institucional de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, se ve necesario, en tanto no entre en vigor un nuevo Decreto de Estructura Orgánica, establecer una serie de normas internas que, al amparo de la posibilidad prevista en los mencionados artículo 11 y apartado “f” 11, que faciliten el procedimiento de gestión que debe seguirse con respecto a las publicaciones que se realicen en el ámbito de la Consejería, en el contexto de la implantación en el Servicio de Publicaciones del sistema de gestión de la calidad basado en la norma ISO 9001: 2008.

Como consecuencia de todo ello, por la presente Orden se regulan la organización y métodos de trabajo a los que hay que atenerse para racionalizar, normalizar y coordinar el funcionamiento de los servicios en los distintos centros directivos de la Consejería cuando propongan la publicación de obras originales y reimpresiones.

En su virtud, a propuesta de la Secretaría General, y conforme a lo establecido en el artículo 16.2 d) de la Ley 7/2001, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunicad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con los concordantes artículos 38 y 52.1 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia.

Dispongo:

Artículo 1 Objeto

Aprobar las normas de organización y funcionamiento del Área de Publicaciones del Servicio de Publicaciones y Estadística de la Consejería de Educación, Formación y Empleo.

Esta Orden establece también los criterios y responsabilidades en relación con la gestión de las publicaciones propuestas por los distintos órganos directivos de la Consejería a la Comisión de Publicaciones, en la que están representados todos ellos.

En este sentido, se describen los objetivos de la Comisión de Publicaciones así como el proceso que debe seguirse para la recepción, valoración de propuestas, seguimiento de las publicaciones, difusión de las obras y gestión económica para proceder a su pago. También describe los pasos para proceder a la incorporación de las propuestas al Plan de Publicaciones de la Consejería.

Artículo 2 Composición de la Comisión de Publicaciones

Considerándose imprescindible establecer un Plan de Publicaciones para toda la Consejería de Educación, Formación y Empleo, así como coordinar el procedimiento que debe seguirse ante la propuesta de nuevas ediciones, con fecha 20 de octubre de 2010, y a propuesta de la Secretaría General, se creó la Comisión de Publicaciones, en la que están representados todos los centros directivos que gestionan las competencias en materia de educación, formación y empleo, siendo su composición la siguiente:

- El/la Vicesecretario/a de la Consejería de Educación, Formación y Empleo (Presidente).

- El/la Jefe de Servicio de Publicaciones (Coordinador y Vicepresidente)

- Un/a vocal designado por cada órgano directivo de la CEFE.

- Un/a Asesor Técnico Docente

-El/la Asesor/a de Publicaciones del Servicio de Publicaciones y Estadística que actuará como Secretario/a, con voz y voto.

Artículo 3 Objetivos de la Comisión de Publicaciones
  1. - Acordar los criterios comunes a los que se ajustarán las publicaciones de la Consejería, tanto monográficas como periódicas, en cuanto a su contenido, características técnicas, diseño e imagen gráfica y corporativa, financiación, edición –tanto en soportes tradicionales como digitales, incluyéndose los soportes electrónicos en línea-, distribución y accesibilidad web en portales, bases de datos y repositorios regionales, nacionales e internacionales.

    Son del ámbito de su competencia:

    1. Trabajos de investigación e innovación educativa que contribuyan a la mejora de la práctica docente.

    2. Estudios, planes y propuestas en materia de trabajo y empleo.

    3. Trabajos de carácter técnico, científico y didáctico que reflexionen sobre la práctica educativa y presenten propuestas de intervención en el aula.

    4. Trabajos que contengan materiales educativos curriculares que incidan directamente en la funcionalidad de los aprendizajes de las diferentes áreas, materias, ámbitos o módulos, y favorezcan la motivación del alumnado.

    5. Trabajos que aporten recursos educativos complementarios y de apoyo que sirvan para estimular y favorecer la práctica educativa.

    6. Trabajos de divulgación: datos de la gestión administrativa de la Consejería, memorias, planes, pactos, estadísticas, evaluaciones, indicadores, etc.

  2. - Establecer el procedimiento a seguir en...

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