Orden de 22 de febrero de 2010, de la Consejera de Economía y Hacienda de Aprobación del Inventario de la extinta Cámara Agraria Regional e Integración en el Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Ley 5/2008, de 13 de noviembre, por la que se extingue la Cámara Agraria de la Región de Murcia, establece en su artículo 2 que: “La Comisión Liquidadora realizará todas las operaciones necesarias para determinar el patrimonio existente en la Cámara Agraria extinguida, y formulará propuesta para que mediante Orden de la Consejera de Economía y Hacienda se apruebe el inventario, el cual será título suficiente para la inscripción de los bienes o ingreso de los derechos a favor de la Administración Autonómica”.

Por la Comisión Liquidadora del patrimonio de la extinta Cámara Agraria, se formula la citada Propuesta con fecha 29 de diciembre de 2009.

Procede pues, dictar la oportuna Orden de aprobación del inventario del patrimonio de la extinta Cámara Agraria, culminando así todo el proceso anteriormente mencionado.

Por todo lo anterior y en virtud de la atribuciones que tengo conferidas,

Dispongo

Primero.- Aprobar el inventario de bienes y derechos de la extinta Cámara Agraria de la Región de Murcia, relacionados en el Anexo adjunto a la Propuesta de la Comisión Liquidadora.

Segundo.- Los bienes muebles e inmuebles relacionados en ese inventario, quedan incorporados al patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Desde la fecha de efectividad de esta Orden, esta Administración Regional asumirá, a todos los efectos, la posición jurídica de propietario de los referidos bienes.

Del contenido de la presente Orden se tomará nota en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tercero.- Por la Dirección General de Patrimonio se solicitará a los Registros de la Propiedad correspondientes la inscripción de la titularidad a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de los inmuebles propiedad de la Cámara Agraria Regional, relacionados en el Anexo a la presente Orden.

Cuarto.- La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se subroga en los derechos y obligaciones de la Cámara Agraria Regional, relacionados en el Anexo adjunto a la Propuesta de la Comisión Liquidadora.

Las cuentas en entidades de crédito a nombre de la extinta Cámara Agraria de la Región de Murcia, pasarán a ser titularidad de esta Comunidad Autónoma, disponiendo de los fondos de las mismas de forma mancomunada, la Ordenación General de Pagos, a través de la Dirección General de Presupuestos, y la Intervención General, para su traspaso a cuentas corrientes del Tesoro Público Regional.

Quinto.- Facultar al...

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