Ley 6/1994, de 9 de Noviembre, de Modificacion de la Ley 4/1987, de 27 de abril, de Ordenacion de Cuerpos y Escalas de la administracion regional.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorPresidencia
Rango de LeyLey
Número 271 Jueves, 24 de noviembre de 1994 Página 1021
9
1
.
Comunidad Autónom
a
1
. Disposiciones generale
s
Presidenci
a
14806 LEY
6/1994, de 9 de noviembre de
modificación
de la Ley
de
Ordenación de Cuerpos y Escalas de la
Administración Regional
.
La Presidenta de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia
.
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de
Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 6/1994,
de 9 de noviembre de modificación de la Ley 4/1987 de 27
de abril, de Ordenación de Cuerpos y Escalas de la Admi-
nistración Regional
. Por consiguiente, al amparo del artículo 30
. Dos, de
l
deno la publicación de la siguiente
Ley
:
tinuación se expresan de la Ley 4/1987, de 27 de abril, de
Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y or-
Ordenación de Cuerpos y Escalas de la Administración Re-
gional, quedan redactados de la siguiente forma
:
Artículo
1
(Se modifica la redacción del número 5)
.
`5
. Cuerpo de Subalternos y Cuerpo de Servicios en el
Grupo
E"
.
Artículo
3
(Se modifica la redacción del último párra-
fo)
. "Cuerpode Subalternos y Cuerpo de Servicios
: Certi-
ficado de Escolaridad"
. Artículo 4
(Se
modifica la redacción de los párrafo
s
segundo, cuarto y quinto)
.
1
. Párrafo segundo
:
EXPOSICIÓN DE MOTIVO
S
La elaboración de esta Ley, que modifica la Ley 4/1987,
de 27 de abril, de Ordenación de Cuerpos y Escalas de la
Administración Regional, responde al objetivo fundamental
de facilitar e impulsar el proceso de integración del personal
laboral al servicio de la Administración Pública Regional,
en elrégimenjurídicofuncionarial,regulando determinados
aspectos
. Estos aspectos no pudieron ser recogidos en la dis-
posición adicional tercera de la Ley 5/1993, de 29 de oc-
tubre, de reasignación de recursos, racionalización del gasto
público y de modificación y reajuste del Presupuesto de
1993 -norma que habilitó la continuación del proceso de
integración funcionarial- al afectar a la ordenación de los
cuerpos y escalas de la Administración Regional, y precisar,
en consecuencia, de una modificación de la precitada Ley
.
Asimismo, se introducen precisiones técnicas en algu-
nas disposiciones dela mencionada Ley, para una mejor re-
gulación de las funciones de determinados cuerpos y esca-
las
.
Por último, esta Ley autoriza al Consejo de Gobierno
para refundir en un solotexto las disposiciones legales vi-
gentes en materia de función pública, lo que se estima ade-
cuado dadas las sucesivas modificaciones que, a lo largo de
los años, se han realizado en las leyes regionales en materia
de función pública
.
Artículo único
.
"Escala Superior de Salud Pública
: El estudio, gestión,
ejecución, propuesta e inspección de carácter superior fa-
cultativo de los aspectos relativos a salud pública, consumo,
medio ambiente, higiene industrial y alimentaria, así como
la asistencia sanitaria, de acuerdo con las funciones y
titulación especifica exigida para el desempeño del puesto de
que se trate"
.
2
. Párrafo cuarto
:
"Escala de Diplomados de Salud Pública
: El estudio,
gestión, ejecución, propuesta e inspección de los aspectos
relativos a salud pública, consumo, medio ambiente, higie-
ne industrial y alimentaria, así como la asistencia sanitaria y
la colaboración y apoyo a la Escala Superior de Salud Pú-
blica, de acuerdo con las funciones atribuidas al puesto que
desempeñen y según la titulación específica exigida para el
acceso"
.
3
. Párrafo quinto
:
"Escala de Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técni-
cos
: El estudio, gestión, ejecución, propuesta e inspección,
de acuerdo con las funciones atribuidas al puesto que des-
empeñen y según la titulación específica exigida para el ac-
ceso"
.
Artículo
5
(Se añade un nuevo apartado, señalado con
el número 4)
.
"4
. Las
funciones a desempeñar por los miembros del
Cuerpo de Se
rv
icios son las relacionadas con su oficio, en
apoyo, en su caso, de los técnicos auxilia
re
s correspondien-
tes"
.
Los artículos y disposiciones adicionales que a con- Disposición adicional cuarta (Queda redactada de la
Página
.10220 Jueves, 24 de
noviembre
de 1994 Número 27
1
siguiente forma)
:
"I. Los funcionarios integrados en las escalas a extin-
guir de Servicio's Especiales en los grupos C, D y E proce-
dentes del Grupo de Administración Especial, Subgmpo de
Servicios Especiales de la extinguida Diputación Provincial,
se integran en los cuerpos correspondientes y en las espe-
cialidades u opciones que, en su caso, se establezcan, siem-
pre que reúnan el requisito de titulación necesario
.
2
. Los funcionarios a los que no resulte de aplicación
el apartado anterior continuarán formando parte de las esca-
las a extinguir en la que están integrados"
. Disposición adicional quinta (Queda redactada de l
a
siguiente forma)
:
"1
. Los funcionarios integrados en la escala a extinguir
de Ayudantes Técnicos en el GmpoC procedentes de cuer-
pos y escalas de Delineantes o Auxiliares Técnicos se inte-
gran en el Cuerpo de Técnicos Especialistas, en la especiaG-
dad u opción correspondiente, siempre que reúnan el requi-
sito de titulación necesario
.
2
. Los funcionarios a los que no resulte de aplicación
el apartado anterior continuarán formando parte de la esca-
la a extinguir en la que están integrados"
.
Disposición adiciona
l
Al
personal laboral fijo que supere o haya superado las
pruebas específicas de integración en el régimen jurídico
funcionarial, se le computará el tiempo de servicios presta-
dos en la correspondiente categoría profesional a los efectos
de la antigüedad necesaria para la promoción interna, siem-
pre que las funciones desempeñadas en aquella categoría
sean análogas a las propias del cuerpo, escala, especialidad
u opción en el que se haya integrado
.
Primera
.
Disposiciones finale
s
Se autoriza al Consejo de Gobierno para refundir en el
plazo de un año, y en un solo texto, las disposiciones lega-
les vigentes en materia de función pública
. La refundición
comprenderá también la regularización, adecuación y
armonización de dichas disposiciones
.
Segunda
.
Quedanderogadas las notmas de igual o inferior rango
en lo que se contradigan o se opongan a lo dispuesto en la
presente Ley
.
Tercera
.
La presente Ley entr
ar
á en vigor el día siguiente al de
su publicación en el "Boletín O
fi
cial de la Región de Mur-
cia"
.
Por t¿tnto, ordeno a todos los' ciudadanos a los que sea
de aplieación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y
Autoridades que correspondan que la hagan cumplir
.
Murcia, 9 de noviembre de 1994
.-La Presidenta,
María AntoniaMartínez García
.
Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesc
a
14726 ORDEN
de 2 de agosto de 1994 de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y
Pesca, por la que se reconoce
a la S
.A
.T
. n
1
.936 "AGROTER",
de Lorca
(
Murcia),
como Organización de Productores de Frutas
y Hortalizas
.
Vista
la propuesta de resolución de reconocimiento de
Organización de Productores de Frutas y Hortalizas a la
S
.A
.T
. n
.° 1
.936 "AGROTER",
así como los demás docu-
mentos obrantes en el expediente, y según lo dispuesto en el
he tenido a bien resolver
:
Primero
.
Conceder
el Reconocimiento
como
Organización de
Productores de Frutas
y Hortalizas, a la S
.A
.T
. n
.° 1
.936
"AGROTER", de Lorca (Murcia)
.
Segundo
.
Que se remita a la Dirección General del Instituto de
Fomento Asociativo Agrario, del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, la Orden del Reconocimiento, para
que proceda a su inscripción en el Registro General de Or-
ganizaciones de Productores y Hortalizas, para los produc-
tos alcachofa, broculí, coliflor, cebolla, melón y sandía
.
Murcia, a 2 de agosto de 1994
.-El Consejero de
Agricultura, Ganadería y Pesca,
Antonio León Martínez-
Campos
.
Consejería de Sanidad y Asuntos Sociale
s
14721 Corrección de errores a la Orden de 26 de
octubre de 1994, de la Consejería de Sanidad
y Asuntos Sociales, sobre Ayudas
Individualizadas a Minusválidos
.
Advertida la omisión de la última hoja del Anexo II ci-
tado en el artículo 7 de la Orden de 26 de octubre de 1994,
de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, sobre Ayu-
das Individualizadas a Minusválidos, publicada en el n° 258
del "Boletín Oficial de la Región de Murcia" de fecha 9 de
noviembre de 1994, se procede a su publicación para subsa-
nar el defecto advertido
.
Murcia, a 14 de noviembre de 1994
.-El Consejero de
Sanidad y Asuntos Sociales,
Lorenzo Guirao Sánchez
.

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