Ley 7/1984, de 14 de noviembre, de modificación del concepto 14.02.621 del Presupuesto de Gastos de 1984.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorPresidencia
Rango de LeyLey
Página 3612
Murcia, 19 de noviembre de 1984 Número 26
5
DISPOSICION FINA
L
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente
de su publicación en el «Boletín Oficial de la Re-
gión de Murcia»
.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los
que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y
a los tribunales y autoridades que corresponda, que
la hagan cumplir
.
Murcia, 14 de noviembre de 1984
.-E1 presiden-
te, Carlos Collado Mena
.
942 LEY 7/1984,
de 14 de noviembre, de modi-
fi
cación del concepto 14
.02
.621
del Presu-
puesto de Gastos de 1984
.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD
AUTONOMA DE LA REGION DE MURCI
A
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región
de Murcia que la Asamblea Regional ha aprobado
la Ley 7l1984, de 14 de noviembre, de modificación
del concepto 14
.02
.621 del Presupuesto de Gastos
de 1984
.
Por consiguiente, al amnaro del artículo 30
.2 dei
Estatuto de Autonomía, e—a nomb_rr del Rey, pro
mulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley
:
EXPOSICION DE MOTIVO
S
En el Presupuesto de Gastos de esta Comunidad
Autónoma para 1984, aprobado por Ley Regional
1/1984, de 30 de mayo, figura el concepto 14
.02
.621
inversiones reales de inmuebles del Patrimonio His-
tórico-Artístico desglosado en doce partidas con
determinación de cantidades para otros tantos ir
.-
muebles
.
Actualmente se ha comprobado la necesidad in-
mediata de realizar obras de reestructuración de
inmuebies de dicho Patrimonio, no previsto en las
indicadas partidas y la posibilidad de demorar la
restauración de algunos inmuebles de los previstos
en ella, así como que las obras necesarias en algu-
nos de los inmuebles referidos en el mencionado
concepto suponen gastos distintos al previsto para
ellos en el mismo
.
Artículo único
.
Se modifica el crédito consignado en los Presu-
puestos en vigor, Sección 14 «Consejería de Cultu-
ra y Educación»
; Servicio 02, «Servicios Transferi-
dos Cultura y Educación»
; Oapítulo 6«Inversiones
Reales»
; Artículo 62 «En inmuebles»
; Concepto 621
«Del Patrimonio Histórico-Artístico», sustituyendo
las partidas incluidas en el mismo por las si-
guientes
:
Peseta
s
1
.
Convento de Santa Clara
. Murcia
.
1
.217
.19 2
2
.
Iglesia de San Juan
. Lorca
.
1
.569
.50 4
3
.
Murallas del Castillo
. A1edo
.
1
.800
.00
0
4
.
El Molinico
. Calasparra
.
2
.000
.00
0
5
.
Ermita de San José
. Jumilla,
5
.800
.00
0
6
.
El Concejo. Jumilla
. 3
.000
.00
0
7 .
Iglesia de Santiago
. Jumilla
.
500
.00
0
8
.
Castillo
. Moratalla
.
6
.000-000
9
. Monasterio de Santa Clara
. Murcia
:
Peseta
s
a) Forjado claustro
2
.000
.00
0
b) Plantas mirador 2
.700
.000 4
.700
.00
0
10
. Ruinas romanas de La Alberc
a
Murcia
.
300
.00
0
11
.
Termas romanas del Empalme
.
Caravaca
.
700
.00 0
12
.
Museo Arqueológico Marítimo
.
200
.00
0
13
.
Hospitalico
. Yecla
.
20
.000
.00 0
14
.
Iglesia de San Francisco
. Lorca
25
.000
.00
0
15
.
Castillo de la Concepción
.
Oartagena
.
6
.000
.00 0
16
.
Acondicionamiento restos arqueo
-
lógicos
. Cartagena
.
3
.500
.00
0
17
.
Monasterio de los Jerónimos
.
Guadalupe
. Murcia
.
14
.500
.00
0
18
.
Castillo
. Mula
.
10
.000
.00
0
19
.
Imprevistos y varios
.
19
.813 .30 4
Total del concepto
: 126
.600
.00 0
DISPOSICION FINA
L
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente
de su publicación
en el
«Boletín Oficial de la Re-
gión de Murcia»
.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los
que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y
a los
tribunales y autoridades que corresponda, que
la hagan cumplir
.
P
:~
T_urcia, 14 de noviembre
de
1984
.-El presiden-
te, Carlos
Collado Mena
.
de noviembre, de conce-
siún de un crédito extraordinario por im-
porte de 3
.098
.000 pesetas para otorgar
subvenciones a la Universidad de Murcia
con destino a la financiación de activida'
des culturales
.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD
AUTONOMA DE LA REGION DE MURCI
A
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región
de Murcia que la Asamblea Regional ha aprobado
de un crédito extraordinario por importe de pese-
tas 3
.098
.000 para otorgar subvenciones a la Uni-
versidad de Murcia con destino a la financiación de
actividades culturales
.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30
.2
del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey,
promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
Ley
:
EXPOSICION DE MOTIVO
S
En el Presupuesto de Gastos de esta Comunidad
Autónoma para el presente ejercicio de 1984, apro-
bado por Ley Regional 1/1984, de 30 de mayo, no
se consignó crédito destinado a concesión de sub-
venciones a la Universidad de Murcia para realiza-
ción de determinadas actividades culturales, tales
como Congresos, Jornadas, Seminarios, Coloquios,

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