Decreto n.º 263/2010, de 24 de septiembre, de concesión directa de subvenciones a Ayuntamientos y Mancomunidades de Servicios Sociales, para el desarrollo de actuaciones dirigidas a la atención de personas en situación de dependencia, desde el ámbito de la atención primaria de servicios sociales.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Las Entidades Locales son competentes en la prestación de Servicios Sociales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia, y la Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.

En el marco de la colaboración de la Administración Regional con las Entidades Locales, la Ley 7/1983, de 7 de octubre, de Descentralización Territorial y Colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y las Entidades Locales, prevé que aquella pueda conceder subvenciones a éstas, para la realización de obras y servicios a su cargo.

El objeto de la concesión es aportar unas subvenciones destinadas al desarrollo de las actuaciones dirigidas a la atención de personas en situación de dependencia, desde el ámbito de la atención primaria de servicios sociales.

Debido al incremento del número de personas mayores y dependientes, que está teniendo lugar en la Región de Murcia, determinadas Entidades Locales tienen necesidad de incorporar profesionales que se dediquen específicamente a las tareas de atención y coordinación de recursos, así como de mantenimiento y desarrollo de nuevas medidas de atención (a través de la complementación de las atenciones tradicionales de ayuda a domicilio), para el cuidado de este sector de población, desde el ámbito de la atención primaria de servicios sociales.

Por ello, entendiendo que existen razones de interés público y social, la Administración Regional colaborará directamente en la financiación de estas actuaciones, a través de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, mediante la concesión de subvenciones directas, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

De conformidad con lo establecido en el artículo primero del Decreto nº 242/2010, de 10 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, corresponde a esta Consejería el desarrollo de las directrices del Gobierno en materia de asistencia y bienestar social.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Social, Mujer e Inmigración, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de septiembre de 2010,

Dispongo:

Artículo 1 Objeto y razones justificativas.

Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a los Ayuntamientos y Mancomunidades de Servicios Sociales, que se detallan en el artículo 3.

La finalidad de la concesión es el desarrollo de actuaciones para la atención de personas en situación de dependencia, que realizan dichas entidades locales a través de sus centros de servicios sociales de atención primaria.

Estas actuaciones se harán efectivas a través de las siguientes medidas:

1) Medidas de servicios complementarios y extraordinarios de ayuda a domicilio.

  1. Ayuda a domicilio en fines de semana y días festivos.

  2. Comida a domicilio.

  3. Teleasistencia.

  4. Respiro Familiar.

    2) Medidas de refuerzo de profesionales para la atención a la dependencia.

  5. Trabajador social para la atención de situaciones de dependencia.

    Las razones de interés público y social que subyacen en esta concesión, son el incremento del...

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