Decreto n.º 34/ 2003, de 11 de abril, por el que se regula la composición y Organización del Consejo de Museos.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 4/ 1982, de 9 de junio, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, establece en su artículo 10. Uno.

13 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de museos de interés regional, en cuyo ejercicio le corresponden las potestades legislativa y reglamentaria y la función ejecutiva.

Por su parte, la Ley Regional 5/ 1996, de 30 de julio, de Museos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, prevé en su artículo 32 la existencia de un órgano colegiado regional de asesoramiento y consulta del Sistema de Museos de la Región de Murcia, denominado Consejo de Museos, cuya composición y organización se establecerán reglamentariamente y en el que deberán existir, en todo caso, vocales procedentes de las entidades locales y universidades de la Región, así como de los titulares de los museos reconocidos.

La Disposición Final Tercera de este texto legal autoriza al Consejo de Gobierno para dictar las normas precisas para desarrollar y aplicar la Ley 5/ 1996, dándose con el presente Decreto cumplimiento al citado mandato legal, regulando la composición y organización de dicho órgano colegiado con sujeción, de forma supletoria, a la Ley 9/ 1985, de 10 de diciembre, de Órganos Consultivos de la Administración Regional, modificada por Ley 1/ 1994, de 29 de abril.

Por otro lado, las Disposiciones Adicionales Segunda y Tercera del Decreto n.º 116/ 2002, de 13 de septiembre, de atribución de funciones y establecimiento de estructura orgánica de la Dirección de Estudios, Planificación y Coordinación de Proyectos y de la Dirección de Proyectos e Iniciativas Culturales, confieren a la Consejería de Presidencia las competencias correspondientes...

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