Orden de 11 de enero de 2019 de la Consejería de Hacienda, por la que se adscribe con carácter definitivo a determinados concursantes forzosos, a puestos vacantes, del concurso de méritos convocado por Orden 14 de mayo de 2018, de la Consejería de Hacienda.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Juventud y Deportes
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Autoridades y Personal

Consejería de Hacienda

385 Orden de 11 de enero de 2019 de la Consejería de Hacienda, por la que se adscribe con carácter definitivo a determinados concursantes forzosos, a puestos vacantes, del concurso de méritos convocado por Orden 14 de mayo de 2018, de la Consejería de Hacienda.

Por Orden de 14 de mayo de 2018, de la Consejería de Hacienda, se convoca concurso de méritos general, concurso de méritos específico y turno de resultas para la provisión de puestos de trabajo correspondientes al Grupo C; Subgrupo de Clasificación Profesional C1, Cuerpo de Técnicos Especialistas y Subgrupo de Clasificación Profesional C2, Cuerpo de Técnicos Auxiliares (BORM nº 115, de 21 de mayo de 2018).

Mediante Orden 20 de diciembre de 2018, de la Consejería de Hacienda, se resuelve con carácter definitivo el concurso de méritos convocado.

De conformidad con la Base específica 6.4 de la Orden de convocatoria por la que se establece que, “Aquellos concursantes forzosos que, una vez resuelto el presente concurso y el turno de resultas, en su caso, no hubieren obtenido destino definitivo, podrán ser adscritos con tal carácter a un puesto base o de los considerados como de primer destino de los puestos convocados y que hubiesen resultado vacantes, de los correspondientes a su Cuerpo, Escala u Opción”, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

Dispongo:

Primero.- Adjudicar, con carácter definitivo y con efectos económicos y administrativos de 1 de febrero de 2019, los puestos de trabajo a los concursantes forzosos que se relacionan en el Anexo I de esta Orden, que de manera voluntaria han ejercido esta opción.

Segundo.- Sin perjuicio de lo establecido en el dispongo primero y segundo de esta Orden, y de acuerdo con lo dispuesto en la Base 44.ª de las Bases Generales que han de regir las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de la Administración Regional por el sistema de concurso de méritos, los nuevos destinos surtirán efectos administrativos desde la toma de posesión, y económicos de conformidad con lo establecido en la normativa sobre retribuciones del personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia.

No obstante lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 de la disposición adicional decimosegunda de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad...

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