Orden de 12 de junio de 2017 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes por la que se implantan enseñanzas en la Escuela de Arte de Murcia a partir del curso escolar 2015/2016.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Servicio Murciano de Salud |
Rango de Ley | Orden |
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Comunidad Autónoma
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Otras disposiciones
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
4499 Orden de 12 de junio de 2017 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes por la que se implantan enseñanzas en la Escuela de Arte de Murcia a partir del curso escolar 2015/2016.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define en el artículo 45 las enseñanzas artísticas profesionales de grado medio y superior de artes plásticas y diseño y determina que la finalidad de estas enseñanzas artísticas es proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de las artes plásticas y el diseño.
Atendiendo a la planificación realizada por la Consejería de Educación y Universidades en el curso escolar 2015-2016, según la propuesta formulada por la Dirección General Innovación Educativa y Atención a la Diversidad, resulta necesaria la ampliación de las enseñanzas correspondientes al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Interactiva perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual, en la Escuela de Arte de Murcia, según lo previsto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, adaptando la oferta educativa del centro a la demanda existente.
Constan los informes favorables de 13/02/2016 y 28/11/2016 emitidos por el Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y de 10/02/2017 emitido por la Unidad Técnica de Centros Educativos, sobre el cumplimiento de los requisitos mínimos de espacios e instalaciones establecidos en el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en el artículo 5 del Real Decreto 1428/2012, de 11 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Interactiva perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas (BOE de 3 de noviembre).
Constan en el expediente informes favorables emitidos por el Servicio de Centros y por el Servicio Jurídico de la Consejería.
Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Centros Educativos, en virtud de las atribuciones que me confieren el Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 de mayo, de reorganización de la Administración Regional, (BORM n.º...
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