Orden de 13 de diciembre de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se actualizan las normas de organización y funcionamiento del Área de Publicaciones, así como la gestión, coordinación editorial y elaboración del Plan de Publicaciones de la Consejería.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Juventud y Deportes

8641 Orden de 13 de diciembre de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se actualizan las normas de organización y funcionamiento del Área de Publicaciones, así como la gestión, coordinación editorial y elaboración del Plan de Publicaciones de la Consejería.

En 2011, la entonces Consejería de Educación, Formación y Empleo, elaboró y publicó la primera disposición que normalizaba la planificación y gestión de sus publicaciones mediante la Orden de 13 de abril de 2011, por la que se regulan las normas de organización y funcionamiento del Área de Publicaciones, así como la gestión, coordinación editorial y elaboración del Plan de Publicaciones de la Consejería.

Durante los seis años transcurridos se han producido notables cambios en el sector editorial derivados de la evolución tecnológica, los usos sociales de la información y la documentación, la organización de la Administración Regional, así como la transformación de las metodologías de gestión administrativa; entre las que destaca la administración electrónica. Todos estos cambios hacen necesaria la actualización de dicha disposición.

El Decreto 81/2005, de 8 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura, vigente conforme a la disposición transitoria primera del Decreto 72/2017, de 17 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, recoge en su artículo 11, apartado “d”, que es competencia del Servicio de Publicaciones y Estadística, “La elaboración del Plan de Publicaciones de la Consejería, así como la edición, coordinación y elaboración de las mismas.” Además, en el artículo 11, apartado “f”, se especifica que le corresponden “Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias”.

Conscientes de la importancia de unificar los criterios de calidad y de identidad gráfica de todas las publicaciones, ya que estas constituyen una forma de presencia institucional de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, se ve necesario actualizar las normas internas que, al amparo de la posibilidad prevista en los mencionados artículo 11 y apartado “f” 11, faciliten el procedimiento de gestión que debe seguirse con respecto a las publicaciones que se realicen en el ámbito de la Consejería, en el contexto de la implantación y desarrollo en el Servicio de Publicaciones y Estadística del sistema de gestión de la calidad basado en la norma ISO 9001: 2008.

Como consecuencia de todo ello, por la presente Orden se regulan y actualizan la organización y métodos de trabajo a los que hay que atenerse para racionalizar, normalizar y coordinar el funcionamiento de los servicios en los distintos órganos directivos de la Consejería a través de sus propuestas de publicación de obras originales y sus posibles reediciones a la Comisión de Publicaciones, en la que están representados todos ellos.

En este sentido, se hace necesario describir los objetivos de la Comisión de Publicaciones así como el proceso que debe seguirse para la recepción, valoración de propuestas, seguimiento de las publicaciones, difusión de las obras y gestión económica para proceder a su pago. También describe los pasos para proceder a la incorporación de las propuestas al Plan de Publicaciones de la Consejería.

Considerándose imprescindible establecer un Plan de Publicaciones para toda la Consejería de Educación, Juventud y Deportes así como coordinar el procedimiento que debe seguirse ante la propuesta de nuevas ediciones, con fecha 20 de octubre de 2010, y a propuesta de la Secretaría General, se creó la Comisión de Publicaciones, en la que están representados todos los órganos directivos que gestionan las competencias en materia de educación,

En su virtud, a propuesta de la Secretaría General, y conforme a lo establecido en el artículo 16.2 d) de la Ley 7/2001, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunicad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con los concordantes artículos 38 y 52.1 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia y conforme al informe favorable emitido por el Consejo Escolar de la Región de Murcia a mediante el Dictamen número 6/2017,

Dispongo:

Artículo 1 Objeto y ámbito de la Orden.

La presente Orden tiene por objeto actualizar la Orden de 13 de abril de 2011 por la que se regula el Área de Publicaciones de la Consejería con el fin de incorporar los cambios en el sector editorial derivados de la evolución tecnológica, los usos sociales de la información y la documentación, la organización de la Administración Regional, así como la transformación de las metodologías de gestión administrativa. El ámbito de esta Orden es de carácter interno de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

Artículo 2 Composición de la Comisión de Publicaciones.

La Comisión de Publicaciones de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, está compuesta por:

- El/la Secretario/a de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Presidente).

- El/la Vicesecretario/a de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Vicepresidente).

- El/la Jefe de Servicio de Publicaciones y Estadística (Coordinador)

- Un/a vocal designado por cada órgano directivo de la Consejería.

- Un/a Técnico del Servicio de Publicaciones y Estadística.

- Un/a Técnico educativo del Servicio de Publicaciones y Estadística que actuará como Secretario/a, con voz y voto.

Artículo 3 Funciones de la Comisión de Publicaciones.
  1. - Acordar los criterios comunes a los que se ajustarán las publicaciones de la Consejería, tanto monográficas como periódicas, en cuanto a su contenido, características técnicas, diseño e imagen gráfica y corporativa, financiación, edición –tanto en soportes tradicionales como en versiones electrónicas o multiplataforma-, distribución y accesibilidad web, sin límite temporal, en portales, bases...

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