Orden de 14 de mayo de 2018 de la Consejería de Turismo y Cultura de modificación de la Orden de 3 de mayo de 2018 por la que se delegan competencias del titular del departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Educación, Juventud y Deportes |
Rango de Ley | Orden |
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Comunidad Autónoma
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Autoridades y Personal
Consejería de Turismo y Cultura
3086 Orden de 14 de mayo de 2018 de la Consejería de Turismo y Cultura de modificación de la Orden de 3 de mayo de 2018 por la que se delegan competencias del titular del departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería.
Por Decreto de la Presidencia n.º 2/2018, de 20 de abril, de reorganización de la Administración Regional, se crea la Consejería de Turismo y Cultura a quien se atribuye la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las materias de turismo y cultura.
Para el desarrollo de las competencias que corresponden a la Consejería de Turismo y Cultura, el Decreto n.º 54/2018, de 27 de abril, establece sus órganos directivos, a los que se atribuye el ejercicio de las funciones a cargo de la Consejería.
En consecuencia se dictó la Orden de 3 de mayo de 2018 de la Consejería de Turismo y Cultura por la que se delegan competencias del titular del departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería (B.O.R.M. n.º 103, de 7 de mayo de 2018), estableciendo el régimen de las delegaciones oportunas con el fin de lograr una mayor agilidad y eficacia en la actuación administrativa.
No obstante, la propia aplicación de la citada orden ha puesto de manifiesto la necesidad de proceder a su puntual modificación consistente en la adición de un nuevo párrafo.
En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en concordancia con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
Dispongo:
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