Orden de 17 de enero de 2018 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se regula la organización de las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, destinadas a las personas mayores de dieciocho años, en la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Salud
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Juventud y Deportes

415 Orden de 17 de enero de 2018 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se regula la organización de las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, destinadas a las personas mayores de dieciocho años, en la Región de Murcia.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, en su artículo 68.2, establece que corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por cualquiera de las dos opciones a las que se refiere el artículo 25.1 de esta ley orgánica, siempre que hayan logrado los objetivos de la etapa y alcanzado el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes.

El Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, en su artículo 2.5 dispone que las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato de la educación de personas adultas, así como las modificaciones introducidas por el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, en las pruebas para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y del título de Bachiller por personas adultas, no se implantarán hasta el término del periodo transitorio regulado por la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

Asimismo, el Real Decreto 1.105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, cuyo texto final es dado por el Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, establece en su disposición adicional cuarta apartado 5, que corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa. Estas pruebas se organizarán con base en los tres ámbitos de conocimientos señalados en el apartado 2: ámbito de comunicación, ámbito social y ámbito científico-tecnológico.

En la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria viene establecido en el Decreto nº 220/2015, de 2 de septiembre de 2015. En su disposición adicional quinta se recoge, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 68.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, que la consejería competente en materia de educación organizará una prueba para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por cualquiera de las dos opciones a las que se refiere el artículo 25.1 de la citada ley para aquellos alumnos que tengan, al menos, dieciocho años y no dispongan de dicho título.

Además, el Decreto nº 162/2017, de 31 de mayo, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, establece en su disposición adicional cuarta que anualmente se convocará, al menos, una prueba para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

La ley 3/2010, de 27 de diciembre, de modificación de la regulación de algunos tributos propios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establece la aplicación a estas pruebas de la tasa “T963 tasa por la realización de convocatorias y pruebas de enseñanzas de formación profesional y de educación de personas adultas”.

La presente disposición se ajusta a los principios de buena regulación en el ejercicio de la potestad reglamentaria recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, en relación con el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo:

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto regular la organización de las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, destinadas a las personas mayores de dieciocho años.

Artículo 2 Ámbito de...

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