Orden de 19 de agosto de 2015, de la Consejera de Presidencia, por la que se prorroga temporalmente el horario de cierre de determinados establecimientos públicos en el municipio de Murcia.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejeria de Presidencia |
Rango de Ley | Orden |
La celebración de la Feria de Septiembre de 2015 en la ciudad de Murcia aconseja prorrogar, con carácter extraordinario y temporal, el horario de cierre de los establecimientos públicos incluidos en las siguientes categorías: Restaurantes, Cafés y Bares, Bares Especiales, Cafeterías, Cafés-Teatro y Tablaos Flamencos, regulado en la Circular 2/1994, de 16 de febrero, de la Delegación de Gobierno, por la que se establece el horario de cierre para los establecimientos públicos, espectáculos y fiestas, la Resolución de la Secretaría General de Cultura y Educación, de 9 de junio de 1996 y la Orden de 3 de enero de 2013, de la Consejería de Presidencia, por la que se prórroga temporalmente el horario de cierre para determinados establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, tanto para las actividades que dispongan de licencia ordinaria según la reglamentación de actividades clasificadas, como para los que tengan la licencia especial según la legislación de espectáculos públicos y actividades recreativas y, todo ello, con objeto de dar satisfacción a la demanda social y sin perjuicio del mantenimiento de las medidas necesarias para evitar perturbaciones a la seguridad, salubridad y condiciones ambientales.
De acuerdo con el artículo 5 de la Orden del Ministerio del Interior de 23 de noviembre de 1977, tras su modificación por la Orden de 29 de junio de 1981, los horarios de cierre de espectáculos, fiestas y establecimientos públicos, podrán alterarse con motivo de la celebración de las fiestas locales.
Por consiguiente, en virtud de lo expuesto, y en aplicación de las facultades que tengo atribuidas de conformidad con el Real Decreto 1279/1994, de 10 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma en materia de espectáculos públicos, el Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, el Decreto n.º 104/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y vista la Propuesta de Orden del Director General de Administración Local, de 19 de agosto de 2015,
Dispongo:
Primero.- En el municipio de Murcia, y con...
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