Orden de 19 de diciembre de 2018, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, de selección de centros públicos de la convocatoria para participar en Plan de Acción para la Mejora de los Centros Educativos (PAMCE) para el curso 2018-2019.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Juventud y Deportes

49 Orden de 19 de diciembre de 2018, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, de selección de centros públicos de la convocatoria para participar en Plan de Acción para la Mejora de los Centros Educativos (PAMCE) para el curso 2018-2019.

La Orden de 19 de julio de 2018, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se regula el Plan de Acción para la Mejora de los Centros Educativos (PAMCE) y el procedimiento de participación en el mismo de centros sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia (BORM n.º 169, de 24 de julio), establece en su artículo 7 que la Consejería competente en materia de educación realizará las correspondientes convocatorias para que los centros participen en el PAMCE.

En base a lo anterior se publicó la Orden de 16 de octubre de 2018 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de participación de los Centros Educativos Públicos no Universitarios de la Región de Murcia en el Plan de Acción para la Mejora de los Centros Educativos (PAMCE) durante el curso 2018-2019 (BORM n.º 244, de 22 de octubre de 218)

En el artículo séptimo de la Orden de 16 de octubre de 2018 se establece que la competencia para la instrucción del procedimiento de selección de centros corresponderá al Jefe de Servicio de Evaluación y Calidad Educativa de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

El plazo de justificación del gasto finalizará el día 15 de junio de 2019 para los centros seleccionados, según establece el artículo decimosegundo.2 de la Orden de convocatoria.

En el caso de que la justificación del gasto no ascienda a la dotación asignada al centro para el desarrollo del PAMCE, el remanente será detraído de la cantidad anual para gastos de funcionamiento asignada al centro educativo en alguno de los cursos siguientes.

La Consejería de Educación, una vez revisada la documentación presentada por los centros educativos, cursará la solicitud de reembolso a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública antes de transcurridos tres años de la finalización del Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Región de Murcia 2020 CCI 20014ES051SPO003 aprobado por Decisión de la Comisión Europea de 17 de agosto de 2015, en un ochenta por ciento.

El artículo séptimo.2 de la Orden de 16 de octubre de 2018 se establece que la Consejera de Educación...

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