Orden de 2 de agosto de 2016 de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento para el nombramiento de personal emérito en el Servicio Murciano de Salud.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Autoridades y Personal

Consejería de Sanidad

7133 Orden de 2 de agosto de 2016 de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento para el nombramiento de personal emérito en el Servicio Murciano de Salud.

?El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, atribuye a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de sanidad.

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, estableció, en su disposición adicional cuarta , la posibilidad de nombrar, con carácter excepcional, por los Servicios de Salud, personal emérito entre licenciados sanitarios jubilados cuando los méritos relevantes de su currículum profesional así lo aconsejen.

La Ley 1/2016, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2016, por medio de su disposición adicional vigésimo octava, creó la figura del personal emérito del Servicio Murciano de Salud, con efectos de 1 de enero de 2016 y vigencia indefinida, que será de aplicación a las personas licenciadas sanitarias jubiladas, que acrediten una trayectoria especialmente distinguida en la asistencia, la docencia o la investigación en el campo de las ciencias de la salud, y que estuvieran prestando servicios en el momento de su jubilación en el Servicio Murciano de Salud, quedando fijados, en la propia disposición adicional, los requisitos para ser nombrado personal emérito.

En cumplimiento de la citada disposición adicional, que establece que el procedimiento para el nombramiento de personal emérito del Servicio Murciano de Salud será regulado por orden de la Consejería de Sanidad, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia y de conformidad con las facultades conferidas en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Dispongo:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

La presente Orden tiene por objeto la regulación del procedimiento para el nombramiento, con carácter excepcional, de la condición de personal emérito del Servicio Murciano de Salud y será de aplicación a las personas licenciadas sanitarias jubiladas, que cumplan los requisitos establecidos en la disposición adicional vigésimo octava de la Ley 1/2016, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2016.

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