Orden de 20 de junio de 2018 de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente, de 19 de junio de 2018, por la que se crea y regula el precio público para prestación de servicio de transporte al interior del Parque Regional de Calnegre y Cabo Cope.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Juventud y Deportes
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Disposiciones Generales

Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente

3946 Orden de 20 de junio de 2018 de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente, de 19 de junio de 2018, por la que se crea y regula el precio público para prestación de servicio de transporte al interior del Parque Regional de Calnegre y Cabo Cope.

El espacio natural de Calnegre y Cabo Cope fue declarado Parque por la disposición adicional tercera , tres, de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. Además, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE, el espacio de Calnegre (ES6200012) tiene la consideración de Espacio Protegido Red Natura 2000 al encontrarse incluido en la lista de lugares de importancia comunitaria (LIC) para la región biogeográfica mediterránea.

A causa del gran atractivo de las playas de este espacio natural, el número de visitantes se ha incrementado en los últimos años. La afluencia masiva de visitantes que acceden al Parque, principalmente en vehículos a motor, provoca numerosos problemas que ponen en peligro el gran valor de la flora y fauna del Parque; polvo excesivo, accidentes de tráfico, vegetación dañada debido al estacionamiento indebido en los exteriores de los aparcamientos, degradación de la capa de rodadura de los caminos, accidentes de tráfico y aumento del riesgo de incendios.

Por ello, en el Parque Regional de Calnegre y Cabo Cope, y concretamente dentro del ámbito del LIC de Calnegre, es necesario un control de accesos que limite la entrada y circulación de vehículos a motor durante el período estival. A los efectos de facilitar el acceso a las playas de los visitantes que no opten por circular a pie o en medios no motorizados, y en el marco de las actividades de gestión del uso público del espacio natural, se prevé la prestación por parte de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente de un servicio de transporte de viajeros mediante autobús, previo abono de la correspondiente tarifa.

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, contempla la utilización ordenada de los recursos para garantizar el aprovechamiento sostenible del patrimonio natural, en...

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