Orden de 22 de junio de 2017 por la que se modifica la Orden de 3 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se regula el Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Educación, Juventud y Deportes |
Rango de Ley | Orden |
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Comunidad Autónoma
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Otras disposiciones
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
4606 Orden de 22 de junio de 2017 por la que se modifica la Orden de 3 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se regula el Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
La Orden de 3 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se regula el Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, modificó la regulación de los programas de enseñanza bilingües de las etapas de educación infantil, primaria, secundaria y bachillerato, unificando en un único texto normativo la regulación de los mismos y adaptando su regulación a los cambios metodológicos en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera introducidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como a lo que al respecto establecen tanto el artículo 13 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria, como la disposición adicional segunda del Real Decreto 1.105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Con esta modificación de la Orden de 3 de junio de 2016 se pretende, por un lado, atender las demandas de los centros educativos de mejorar la regulación del Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras y aclarar algunas cuestiones que se han puesto de manifiesto en la implantación de este nuevo sistema de enseñanza en los mismos, y por otra parte, flexibilizar los requisitos establecidos para su implantación, de manera que se pueda generalizar a todos los centros educativos de la Región a partir del curso 2018/2019.
Por cuanto antecede, de conformidad con la competencia otorgada según lo dispuesto en el artículo 16.2, d) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y haciendo uso de las competencias atribuidas en el Decreto 107/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación y Universidades, previo dictamen del Consejo Escolar de la Región de Murcia,
Dispongo:
Uno. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 2 que quedarán redactados de la siguiente manera:
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Se entiende por Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras (en adelante SELE) el que garantiza el uso de al menos dos idiomas, incluido el español, en el proceso de enseñanza-aprendizaje del currículo correspondiente.
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Se entiende...
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