Orden de 25 de abril de 2017, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se configuran opciones de los Cuerpos y Escalas de la Administración Pública Regional.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Fomento e Infraestructuras
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Autoridades y Personal

    Consejería de Hacienda y Administración Pública

    3162 Orden de 25 de abril de 2017, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se configuran opciones de los Cuerpos y Escalas de la Administración Pública Regional.

    El artículo 1 del Decreto 32/1998, de 4 de junio, configuró Opciones en los distintos Cuerpos y Escalas de la Administración Pública Regional, con indicación de la titulación requerida para el ingreso en las mismas. Dichas Opciones y titulación requerida se contienen en el Anexo de ese Decreto.

    Conforme a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales. Este alumnado requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de su discapacidad.

    En este sentido las Administraciones educativas dispondrán de los profesionales cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado.

    Por su parte, la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, establece las medidas y garantías necesarias para que estas personas puedan, libremente, hacer uso de las lenguas de signos españolas y de los medios de apoyo a la comunicación oral en todas las áreas públicas y privadas.

    Entre estas medidas figura la de la disponibilidad y presencia de intérpretes de lengua de signos especialmente en determinados servicios públicos como la educación. Los usuarios de la lengua de signos necesitan en el ámbito de la enseñanza no universitaria la ayuda de intérpretes de lengua de signos para poder seguir una escolaridad con garantías.

    Para atender las necesidades de intérpretes cualificados en los centros educativos es necesario proceder previamente a la creación de una Opción nueva en atención a las funciones que se le atribuyen a los puestos a desempeñar y la titulación exigida para acceso a la misma.

    Las funciones atribuidas a la nueva Opción Interpretación de Lengua de Signos condensan las tareas que van a desempeñar los puestos de trabajo que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR