Orden de 26 de enero de 2016, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se fija lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas para cubrir 1 plaza del Cuerpo Superior Facultativo, Escala Superior de Salud Pública, opción Salud Pública de la Administración Pública Regional, de acceso libre, convocadas por Orden de 24 de abril 2015 de la Consejería de Economía y Hacienda, código (AFS34L-7).

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Autoridades y Personal

Consejería de Hacienda y Administración Pública

1062 Orden de 26 de enero de 2016, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se fija lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas para cubrir 1 plaza del Cuerpo Superior Facultativo, Escala Superior de Salud Pública, opción Salud Pública de la Administración Pública Regional, de acceso libre, convocadas por Orden de 24 de abril 2015 de la Consejería de Economía y Hacienda, código (AFS34L-7).

De conformidad con lo establecido en la base general cuarta de la Orden de 17 de junio de 2004, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir las convocatorias de pruebas selectivas para acceso a los distintos Cuerpos de la Administración Pública de la Región de Murcia (BORM n.º 146, de 26 de junio de 2004) y en las Órdenes de 14 de septiembre de 2015 y de 22 de diciembre de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueba la relación de aspirantes admitidos y excluidos,

Dispongo:

Primero.- Convocar a todos los opositores en llamamiento único para la realización del primer ejercicio, el día 13 de abril de 2016, a las 16:00 horas, en la Escuela de Formación en Innovación de la Región de Murcia, sita en Avda. Infante D. Juan Manuel, n.º 14, 30011 de Murcia.

Los aspirantes deberán acudir provistos del DNI, pasaporte o permiso de conducción. Los no nacionales podrán acreditar su identidad mediante la presentación de pasaporte o tarjeta de residente. No será admitido como válido ningún otro documento para dicha...

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