Orden de 27 de febrero de 2015, de la Consejería de Presidencia y Empleo, por la que se establece el logotipo de la Oficina de la Transparencia y la Participación Ciudadana de la Administración Pública de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Presidencia y Empleo
Rango de LeyOrden

El artículo 36 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia crea la Oficina de la Transparencia y la Participación Ciudadana de la Región de Murcia, como instrumento de desarrollo de los principios de transparencia y participación que vienen exigidos a las Administraciones Públicas en sus relaciones con los ciudadanos por el artículo 3.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por los artículos 3.2.g) y 4.c) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Precisamente, inherente al concepto de transparencia, y sobre todo a la función que para su consecución se atribuye a la Oficina de la Transparencia y la Participación Ciudadana de la Región de Murcia por el apartado 2.e) del citado artículo 36, en relación con la claridad y accesibilidad de la información pública así como con el principio de sencillez y proximidad a los ciudadanos a que se refiere el artículo 4.b) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, está la necesidad de una fácil identificación de la Oficina que va a unificar y coordinar las funciones atribuidas en dicha materia a las diferentes Consejerías de esta Comunidad Autónoma, de acuerdo con el artículo 37.2 de la mencionada Ley 12/2014, de 16 de diciembre, lo que justifica la creación de un logotipo identificativo de dicha Oficina.

Por otra parte, el logotipo que se crea con la presente Orden es compatible con lo dispuesto por el artículo 3.2 del Decreto 30/2008, de 14 de marzo, que aprueba la identidad corporativa del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Manual que la desarrolla. Dice ese precepto que las Consejerías y los órganos de ellas dependientes no podrán alterar la identidad corporativa de la Comunidad Autónoma, lo que únicamente supone que junto al logotipo que ahora se crea debe utilizarse la identificación corporativa de la Comunidad Autónoma en los términos regulados por el citado Decreto.

Finalmente, la materia objeto de la presente disposición viene atribuida, desde...

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