Orden de 28 de enero de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se autoriza el Centro Privado «Centro Integrado de Formación Profesional Arsenio Sánchez (FREMM)» de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Universidades
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio y reformado por Leyes Orgánicas 1/1991, de 13 de marzo, 4/1994, de 24 de marzo y 1/1998, de 15 de junio, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que conforme al artículo 81 de la misma lo desarrollen.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, sentó las bases para la integración de los tres subsistemas: Formación Profesional Inicial, propia del sistema educativo, Formación Profesional Ocupacional y Formación Continua, integrados estos dos últimos en un único subsistema de formación profesional para el empleo por el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.

Como instrumento novedoso para la integración, la ley prevé en su artículo 11 la creación de centros integrados de formación profesional, que se definen por ser aquellos que imparten todas las ofertas formativas conducentes a la obtención de títulos y certificados de profesionalidad, disponiendo que las Administraciones en el ámbito de sus competencias, podrán crear y autorizar dichos centros con las condiciones y requisitos que se establezcan.

El Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los centros integrados de formación profesional, desarrolla lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, definiendo en sus artículos 5 y 6 respectivamente los fines y funciones básicas de los centros integrados de formación profesional.

El Real Decreto 34/2008 de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, establece en su artículo 12 los centros que pueden impartir acciones formativas correspondientes a certificados de profesionalidad mencionando expresamente, en su apartado 2.a), a los centros integrados de formación profesional.

El Plan del Sistema Integrado de Formación Profesional de la Región de Murcia 2010-2013, aprobado por el Consejo de Gobierno el 8 de octubre de 2010, tiene entre sus objetivos principales la integración efectiva de los subsistemas de Formación Profesional del Sistema Educativo y el de la Formación para el Empleo, de forma que ese Sistema Integrado se convierta en un Sistema Integral. Para el cumplimiento de este objetivo en la Línea de Actuación 2 “Calidad e innovación en el Sistema Integrado de Formación Profesional”, dentro del...

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