Orden de 5 de febrero de 2015, de la Consejería de Sanidad y Política Social, por la que se introducen modificaciones al calendario de vacunaciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Sanidad y Política Social |
Rango de Ley | Orden |
Al objeto de adaptarse a los cambios epidemiológicos ocurridos en las enfermedades prevenibles por vacunación en los últimos años y a la logística del Programa de Vacunaciones, es necesario introducir periódicamente modificaciones en el calendario de vacunaciones de la Región de Murcia, tanto para el niño como para el adulto.
Por una parte las circunstancias epidemiológicas y los recientes descubrimientos en materia de respuesta inmune, aconsejan la prevención de la enfermedad neumocócica invasora en niños pequeños mediante la inclusión de la vacuna antineumocócica conjugada en el calendario sistemático de vacunación de la Región de Murcia, en sintonía con las recomendaciones del Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud adoptadas en su reunión del 14 de enero de 2015.
Por todo ello, y en virtud de las competencias que me están conferidas en materia de Salud Pública, consultados los órganos competentes en materia de vacunación, y a propuesta de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias:
Dispongo
Los nacidos a partir del 1 de enero de 2015 recibirán un esquema de tres dosis de vacuna antineumocócica conjugada a las edades de 2, 4 y 12 meses, coincidiendo con el resto de vacunas sistemáticas de esas edades.
Se faculta al Director General de Salud Pública y Drogodependencias para dictar cuantos actos sean necesarios en aplicación y desarrollo de la presente Orden.
La presente Orden entrará en vigor a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia, 5 de febrero de 2015.—La Consejera de Sanidad y Política Social, Catalina Lorenzo Gabarrón.
EDAD | Difteria | Tétanos | Tos ferina acelular | H influenzae b (Hib) | Hepatitis B | Poliomielitis inactivada | Meningococo C | Triple vírica | Gripe1 | Neumococo2 | Varicela | V.P.H. |
2 meses | X³ | X³ | X³ | X³ | X³ | X³ | X | |||||
4 meses | X³ | X³ | X³ | X³ | X³ | X³ | X | X | ||||
6 meses | X³ | X³ | X³ | X³ | X³ | X³ | ||||||
12 meses | X | X | X | |||||||||
18 meses | X | X | X | X | X | |||||||
4 años | X | |||||||||||
6 años | X4 | X4 | X4 | |||||||||
11-12 años | X5 | X6 | X7 | |||||||||
14 años | X | X | ||||||||||
? 60 años | X | X |
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La vacuna antigripal se administrará rutinariamente, y con...
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