Orden de 5 de junio de 2015 del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, sobre actualización de la implantación de enseñanzas de formación profesional.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Universidades
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE de 30 de julio), establece en su artículo 41.1, que las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, establecerán las medidas necesarias para programar y organizar la oferta de las enseñanzas de formación profesional. Con el fin de mejorar las posibilidades de cualificación de los alumnos y su adaptación a las necesidades del sector productivo regional y, atendiendo a la planificación realizada por la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, según la programación de la Dirección General de Formación Profesional, se debe proceder a actualizar la implantación de las enseñanzas de formación profesional en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

Asimismo, el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril (BOE del 21), de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, establece en su artículo 5 que las titulaciones de formación profesional cuya implantación estuviera prevista para el curso escolar 2012/2013 se implantarán en el curso escolar 2014/2015. No obstante, las administraciones educativas podrán anticipar la implantación de las titulaciones en los cursos anteriores.

El Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, (BOE del 5 de marzo), ha establecido la ordenación de los aspectos específicos de las enseñanzas de Formación Profesional Básica del sistema educativo y aprueba y regula catorce títulos de estas enseñanzas, previendo su disposición final tercera que el primer curso de los ciclos de Formación Profesional Básica se implantará en el curso escolar 2014-2015, curso en el que se suprimirá la oferta de módulos obligatorios de los Programas de Cualificación Profesional Inicial. Asimismo en el artículo 18 del citado Real Decreto se establece que las...

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