Orden de 5 de junio de 2017, de la Consejería de Transparencia, Participación y Portavoz, por la que se delegan competencias del titular del Departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Empleo, Universidades y Empresa
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Autoridades y Personal

Consejería de Transparencia, Participación y Portavoz

4145 Orden de 5 de junio de 2017, de la Consejería de Transparencia, Participación y Portavoz, por la que se delegan competencias del titular del Departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería.

Por Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 de mayo, modificado por Decreto n.º 32/2017, de 16 de mayo, se reorganiza la Administración Regional y se crea la Consejería de Transparencia, Participación y Portavoz, a la que se le atribuyen las competencias detalladas en su artículo 4.

Por Decreto de Consejo de Gobierno n.º 69/2017, de 17 de mayo, se establecen los órganos directivos de la Consejería de Transparencia, Participación y Portavoz, distribuyéndose entre éstos las competencias que le han sido atribuidas al citado Departamento.

La consecución de una gestión eficiente de las competencias que se atribuyen a esta Consejería hace conveniente la delegación en los titulares de los órganos directivos que, por razón de su especialización, mejor pueden contribuir a alcanzar tal fin.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en concordancia con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Dispongo:

Artículo 1

Delegar en los titulares de los órganos directivos que a continuación se indican las competencias sobre las siguientes materias:

  1. Gestión presupuestaria.

    Se delegan las siguientes competencias, sin perjuicio de las delegaciones específicas de gestión presupuestaria realizadas por materias en esta orden.

    1. Secretaría General:

      1. La autorización de las modificaciones de créditos presupuestarios que el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia atribuye al titular de la Consejería, así como la propuesta de autorización de las modificaciones de crédito que dicha norma atribuye al titular de la Consejería en materia de Hacienda.

      2. Los actos de ejecución presupuestaria, incluido el páguese, de los gastos que hayan de atenderse con anticipos de caja fija, cualquiera que sea su imputación o programa presupuestario.

        La autorización de los documentos contables emitidos por las oficinas gestoras derivados de la cuenta justificativa aprobada y fiscalizada a que se refiere el artículo 10.5 de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 14 de abril de 1994, por la que se regulan los anticipos de caja fija, a efectos de reposición de fondos y aplicación de los gastos al presupuesto.

      3. El nombramiento y cese de cajeros pagadores y, en su caso, personas que los sustituyan, en relación a los pagos a justificar y anticipos de caja fija y la propuesta de nombramiento del cajero pagador de la ordenación de pagos secundaria.

      4. La declaración de pagos indebidos, en los casos que proceda, correspondientes a los gastos cuyo pago haya propuesto.

    2. Dirección General de Medios de Comunicación:

      1. La declaración de pagos indebidos, en los casos que proceda, correspondientes a los gastos cuyo pago haya propuesto.

      2. La autorización, la disposición o compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago de los gastos a realizar...

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