Orden de 6 de junio de 2018 de la Consejería de Hacienda, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante promoción interna, 2 plazas del Cuerpo Técnico, opción Archivos y Bibliotecas de la Administración Pública Regional. (Código BFX01P-1).

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Autoridades y Personal

    Consejería de Hacienda

    3696 Orden de 6 de junio de 2018 de la Consejería de Hacienda, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante promoción interna, 2 plazas del Cuerpo Técnico, opción Archivos y Bibliotecas de la Administración Pública Regional. (Código BFX01P-1).

    En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto número 274/2017, de 13 de diciembre, sobre Promoción Profesional de los Empleados Públicos para el año 2017 (Boletín Oficial de la Región de Murcia número 289, de 16 de diciembre de 2017) y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública Regional y en uso de las competencias que me atribuyen los artículos 12 y 24 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero,

    Dispongo:

    Primero.

    Convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Técnico, Opción Archivos y Bibliotecas de la Administración Pública Regional.

    Segundo.

    Con objeto de facilitar la información sobre el presente proceso selectivo se encuentra a disposición de las personas ciudadanas, en Internet la página web con la siguiente dirección: http://www.carm.es/rrhh/ofertaempleo/, así como el Tablón de Anuncios del Registro General de la CARM, localizado en la Oficina Corporativa de Atención al Ciudadano de carácter general (Avda. Infante D. Juan Manuel, 14, de Murcia).

    De manera complementaria, las personas aspirantes recibirán información sobre el desarrollo del proceso selectivo mediante mensajes a la dirección de correo electrónico que faciliten en su solicitud. Esta comunicación carecerá de efectos jurídicos y no podrá sustituir a las publicaciones legalmente establecidas.

    Tercero.

    Dichas pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en el Decreto 6/2006, de 10 de febrero, por el que se regula la composición, designación y funcionamiento de los tribunales calificadores de las pruebas selectivas para acceso a la Función Pública Regional (Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 35, de 11 de febrero de 2006), en el Pacto Administración Regional y Organizaciones Sindicales sobre el procedimiento para la designación de los vocales de los Tribunales Calificadores de pruebas selectivas para acceso a la Función Pública Regional, publicado por Resolución de 20 de octubre de 2015, de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (BORM nº 247, de 26 de octubre de 2015), en el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de la Región de Murcia de 7 de noviembre de 2017, sobre determinación de criterios aplicables a las convocatorias de promoción profesional para el período 2016 a 2018, ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de diciembre de 2017 (BORM n.º 3 de 4 de enero de 2018), por las presentes bases específicas y, en lo no previsto en éstas, por la Orden de 17 de junio de 2004, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que regirán las convocatorias de pruebas selectivas para acceso a los distintos Cuerpos de la Administración Regional (Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 146, de 26 de junio de 2004).

    Cuarto.

    De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la anteriormente citada Orden de 17 de junio de 2004, de la Consejería de Hacienda, se dictan las siguientes

    Bases específicas:

  2. Normas generales

    1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante promoción interna, 2 plazas del Cuerpo Técnico, Opción Archivos y Bibliotecas de la Administración Pública Regional.

    1.2.- El sistema selectivo será el de concurso-oposición.

    1.3.-Se declara inhábil el mes de agosto de 2018 a los efectos de cómputo de plazos en el presente proceso selectivo.

  3. Requisitos de las personas candidatas.

    2.1.- Todos los requisitos establecidos en la presente base específica deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante todo el proceso selectivo.

    2.2.- Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos señalados en la base general segunda, en lo que resulte de aplicación, de la Orden de 17 de junio de 2004, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que regirán las convocatorias de pruebas selectivas para acceso a los distintos Cuerpos de la Administración Regional, requiriéndose además los siguientes:

    - No exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

    - Estar en posesión de la titulación de Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación o Grado en Información y Documentación o en condiciones de obtenerla por haber abonado los derechos para su expedición.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

    - Ser personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia del ámbito de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios.

    - Haber prestado servicios efectivos como personal funcionario de carrera durante, al menos, dos años en el Cuerpo, Escala y Opción, en el mismo Subgrupo de clasificación profesional (A2) o en el inmediato inferior (C1) desde el que se promociona, de conformidad con la Disposición Transitoria Tercera , punto 3, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

  4. Solicitudes

    3.1.- La solicitud se realizará mediante el canal electrónico de atención al ciudadano.

    No deberá rellenarse, en ningún caso, la solicitud en papel, siendo exclusivamente válida la emitida telemáticamente a través del canal electrónico indicado en el párrafo anterior. La no cumplimentación de la solicitud de conformidad con lo indicado anteriormente será motivo de exclusión no subsanable.

    La cumplimentación de la solicitud se regirá por lo establecido en la base general 3.2 de la Orden de 17 de Junio de 2004, de la Consejería de Hacienda, no siendo de aplicación lo dispuesto en el apartado 3.2.1 de dicha base.

    Las personas aspirantes que soliciten adaptación de tiempo y medios para la realización del ejercicio deberán aportar hasta el fin del...

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