Orden de 3 de febrero de 2011, de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración por la que se establecen las bases de los Premios “8 de Marzo” de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Política Social, Mujer e Inmigración
Rango de LeyOrden

La Orden de 4 de febrero de 2005, de la Consejería de Presidencia regulaba la concesión de los premios “8 de marzo” creados por Orden de la Consejería de Presidencia de 26 de febrero de 1999, para el reconocimiento de aquella actividad, iniciativa, institución o mujer que hayan destacado por su labor en favor de la igualdad real y efectiva de los derechos entre hombres y mujeres. Dicha Orden fue modificada por Orden de 23 de enero de 2007 de la Consejería de Presidencia y Orden de 27 de enero de 2009, de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración.La Ley 12/2002, de 3 de diciembre, de creación del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, atribuía a éste como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de mujer, la condición de organismo gestor de la política en dicha materia, entendida como el ejercicio de todas aquellas acciones dirigidas a la consecución de la igualdad entre sexos, la remoción de obstáculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho y la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer en la Región de Murcia, por lo que correspondía a dicho Organismo la concesión de tales premios.

La Ley 12/2002, de 3 de diciembre, de creación del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, atribuía a éste como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de mujer, la condición de organismo gestor de la política en dicha materia, entendida como el ejercicio de todas aquellas acciones dirigidas a la consecución de la igualdad entre sexos, la remoción de obstáculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho y la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer en la Región de Murcia, por lo que correspondía a dicho Organismo la concesión de tales premios.

Ahora bien, el Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n.º 17/2010, de 3 de septiembre, de Reorganización de la Administración General establece en su artículo 5 que la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las funciones y directrices del Gobierno en materia de asistencia y bienestar social, desarrollo comunitario, promoción y protección de la familia, políticas de la mujer, excepto la relativa a violencia de género, políticas infantil y de la tercera edad, instituciones de protección de menores, promoción e integración de los inmigrantes, emigrantes y discapacitados, y demás grupos sociales necesitados de especial protección, incluida la creación de centros de protección, así como la cooperación al desarrollo y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.Por su parte, el Decreto n.º 246/2010, de 10 de septiembre, de extinción del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, extingue el citado Organismo, disponiendo que la totalidad de los fines y objetivos del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia se asumen por los servicios de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de las Consejerías de Política Social, Mujer e Inmigración y de Justicia y Seguridad Ciudadana, en virtud de los Decretos 242/2010 y 243/2010, de 10 de septiembre, por el que se establecen respectivamente, los Órganos Directivos de dichas Consejerías.Por último, el Decreto n.º 242/2010, de 10 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración establece en su artículo 4, que corresponde a la Dirección General de Familia, Igualdad e Infancia ejercer entre otras, las competencias de Impulso, seguimiento, evaluación y, en su caso, gestión de políticas especializadas que contribuyan a la incorporación efectiva de la mujer en la vida social, política, económica y cultural de la Región de Murcia, así como la promoción de programas y estructuras que garanticen la igualdad de oportunidades de las mujeres, incluido el fomento de la actividad asociativa, de participación y prestación de servicios específicos desde instituciones públicas y privadas.Así pues, siguiendo plenamente vigentes las razones que motivaron la creación de los citados Premios y siendo necesario adaptar las anteriores bases a los cambios producidos en la Administración General de Regional y de conformidad con las facultades que me atribuye la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta de la Directora General de Familia, Igualdad e Infancia,

Por su parte, el Decreto n.º 246/2010, de 10 de septiembre, de extinción del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, extingue el citado Organismo, disponiendo que la totalidad de los fines y objetivos del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia se asumen por los servicios de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de las Consejerías de Política Social, Mujer e Inmigración y de Justicia y Seguridad Ciudadana, en virtud de los Decretos 242/2010 y 243/2010, de 10 de septiembre, por el que se establecen respectivamente, los Órganos Directivos de dichas Consejerías.Por último, el Decreto n.º 242/2010, de 10 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de...

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