Orden de la Consejería de Presidencia y Fomento, por la que se prorroga temporalmente el horario de finalización de determinado espectáculo público en el municipio de Cartagena.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorUniversidad Politecnica de Cartagena
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Presidencia y Fomento

3769 Orden de la Consejería de Presidencia y Fomento, por la que se prorroga temporalmente el horario de finalización de determinado espectáculo público en el municipio de Cartagena.

El Ayuntamiento de Cartagena, ha solicitado, con motivo de la celebración de la 3.ª Edición del Festival “Weekend Dj Cartagena” en el Recinto Festero de su municipio, que se prorrogue con carácter extraordinario y temporal el horario de finalización del espectáculo público al aire libre referenciado, regulado en la Circular 2/1994, de 16 de febrero, de la Delegación de Gobierno, por la que se establece el horario de cierre para los establecimientos públicos, espectáculos y fiestas, tanto para las actividades que dispongan de licencia ordinaria según la reglamentación de actividades clasificadas, como para los que tengan la licencia especial según la legislación de espectáculos públicos y actividades recreativas, y todo ello con objeto de dar satisfacción a la demanda social sin perjuicio del mantenimiento de las medidas necesarias para evitar perturbaciones a la seguridad, salubridad y condiciones ambientales

De acuerdo con el artículo 5 de la Orden del Ministerio del Interior de 23 de noviembre de 1977, tras su modificación por la Orden de 29 de junio de 1981, los horarios de cierre de espectáculos, fiestas y establecimientos públicos, podrán alterarse con motivo de la celebración de una fiesta local, para una actividad o con ocasión de una fiesta determinada.

Por consiguiente, en virtud de lo expuesto, y en aplicación de las facultades que tengo atribuidas de conformidad con el Real Decreto 1279/1994, de 10 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma en materia de espectáculos públicos, el Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 5 de mayo, de Reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto del Presidente n.º 32/2017, de 16 de mayo, y visto el informe del Jefe de Sección de Autorización de Espectáculos Públicos y Procedimiento Sancionador,

Dispongo:

Primero.- En el municipio...

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