Orden de 12 de abril de 2011 de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia 752/2006, de 10 de noviembre, dictada en el recurso contencioso administrativo 63/2003.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

Vista la sentencia de referencia, se dicta la presente en base a los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos.

Antecedentes de hecho

Primero.- Que el fallo de la citada sentencia es del siguiente tenor:

Fallamos: Estimar el recurso contencioso administrativo 63/2003 interpuesto por D.ª María Luisa Castellón de Arce, contra la resolución de 5 de noviembre de 2002, dictada por la Consejería de Sanidad en expediente número 329/95 por la que se autoriza la apertura de oficina de farmacia a doña Rosario Meroño León en la pedanía de Roldán, término municipal de Torre Pacheco y anular y dejar sin efecto la resolución recurrida, debiendo procederse a la clausura de la citada farmacia, por no ser dicha resolución, en lo aquí debatido conforme al Ordenamiento Jurídico. Sin costas.

Segundo.- Que dicha sentencia es firme en virtud de sentencia de 18 de enero de 2011 de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictada en recurso n.º 639/2007, que declara no haber lugar al recurso de casación en su día interpuesto frente a la misma, y que queda firme.

Tercero.- Que con fecha 28 de marzo de 2011 el Secretario de la Sala remite testimonio de ambas resoluciones judiciales a fin de que conforme al artículo 104 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa se lleve a puro y debido efecto lo en ella acordado, se adopten las resoluciones que procedan y se practiquen cuanto exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo.

Cuarto.- Que la resolución de fecha 5.11.2002 anulada fue seguida de Orden de fecha 27.6.2003 por la que se autorizó a la adjudicataria la designación de local para la oficina de farmacia en Avenida de Torre Pacheco, 43, de la pedanía de Roldán.

Quinto.- Que dicha farmacia fue materialmente abierta al público con el número de registro MU-435-F en fecha 25.7.2003 ante la Inspección Farmacéutica, levantando la correspondiente Acta, permaneciendo abierta hasta la actualidad.

Fundamentos

Primero.- La competencia para adoptar la presente viene atribuida a la Excma. Sra. Consejera de Sanidad y Consumo en virtud de la siguiente normativa:

- Decreto 327/2008, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Sanidad y Consumo.

- El artículo 16.2.q) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Segundo.- El fallo...

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