Orden de 19 de julio de 2012, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, por la que se modifica el calendario de apertura al público de comercios en domingos y festivos para el año 2012 en el municipio de Yecla.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Universidades, Empresa e Investigación
Rango de LeyOrden

En fecha 19 de diciembre de 2011 se publica, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 290, la Orden de 29 de noviembre de 2011 de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, por la que se determina el calendario de apertura al público de comercios en domingos y festivos en la Región de Murcia para el año 2012.

Vista la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Yecla, mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 12 de junio de 2012, de que el calendario de apertura al público de comercios en domingos y festivos en la Región de Murcia para año 2012, se modifique para el municipio de Yecla,en el sentido de establecer como fecha de apertura el día 6 de diciembre de 2012, en sustitución del día 8 de diciembre del mismo año, y el día 9 de diciembre de 2012, en sustitución del 16 de diciembre de los corrientes.

Considerando que la solicitud municipal se realiza con el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Industria, Comercio y Turismo y argumentando que los cambios solicitados posibilitan que los consumidores puedan realizar las compras específicas durante las fiestas locales de este municipio.

Por lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Consumo, Comercio y Artesanía y en uso de las facultades que me confiere el artículo 38.3 de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista de la Región de Murcia.

Dispongo

Único

Modificar el calendario de apertura al público de comercios en domingos y festivos establecido para el conjunto de municipios de la Región de Murcia, por Orden de esta Consejería de 29 de noviembre de 2011, en lo que se refiere al municipio de Yecla, en el sentido de establecer como fecha de apertura en aquel municipio el día 6 de diciembre de 2012, en sustitución del día 8 de diciembre del mismo año, en que no abrirán los comercios, y aperturar el día 9 de diciembre de 2012, en sustitución del día 16 de diciembre de 2012, en que los comercios permanecerán cerrados.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

La presente Orden producirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial...

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