Decreto n.º 460/2009, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Decreto n.º 268/2008, de 5 de septiembre, por el que se regula la concesión directa plurianual de una subvención al Excmo. Ayuntamiento de Puerto Lumbreras para la restauración y acondicionamiento del Castillo de Nogalte.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Consejo de Gobierno, en su sesión del día 5 de septiembre, acordó aprobar el Decreto n.º 268/2008, de 5 de septiembre por el que se regula la concesión directa plurianual de una subvención al Excmo. Ayuntamiento de Puerto Lumbreras para la restauración y acondicionamiento del Castillo de Nogalte, publicado en el BORM el 10 de septiembre de 2009.

Con fecha 27 de noviembre de 2009, el Alcalde de Puerto Lumbreras, Don Pedro Antonio Sánchez López, solicita el cambio en la formula de justificación de subvención, y que los libramientos de las aportaciones de esta Consejería se realicen tras la presentación por parte de ese Ayuntamiento de un memoria de ejecución de los trabajos y obras ejecutadas por cada anualidad. Todo ello, considerando la complejidad de las obras y la redacción del proyecto técnico elaborado.

A la vista de lo que antecede, y previos los estudios e informes correspondientes, se ha considerado imprescindible introducir modificaciones en el Decreto regulador de esta subvención.

Por todo ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero Cultura y Turismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 29 de diciembre de 2009.

Dispongo

Primero.– Se modifica el apartado segundo del artículo 7 relativo al pago de la subvención, que quedará redactado como sigue:

“El abono de la aportación de la primera anualidad 2008 se realizará tras la aprobación del gasto mediante Orden del Consejero de Cultura, Juventud y Deportes.

El abono de la cantidad para la anualidad 2009 se realizará tras la aprobación del presente Decreto y la aprobación del gasto mediante Orden del Sr. Consejero de Cultura y Turismo.

El pago de las siguientes anualidades 2010 y 2011 se realizará, con carácter anticipado, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, de acuerdo con el artículo 29.3 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a las partidas que resulten de aplicación en las respectivas leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en el primer trimestre del ejercicio presupuestario y tras la presentación por parte...

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