Decreto n.º 183/2010, de 9 de julio, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, del uso de una porción de terreno, efectuada por un particular, para la instalación de una linea eléctrica de media tensión destinada a abastecer al Centro de Telecomunicación del Cerro de “El Moral”, sito en el término municipal de Caravaca de la Cruz.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
Con el propósito de dotar de electricidad al Centro de Telecomunicaciones sito en el Cerro de “El Moral”, en el Monte N.º 8 del CUP, denominado “El Moral”, perteneciente a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dentro del término municipal de Caravaca de la Cruz, la antigua Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información comunica la necesidad de instalación de un tendido eléctrico en media tensión, desde la pedanía de El Moral hasta el Cerro “El Moral”, que discurre aérea a través de las parcelas 49 y 50 del Polígono 3 del citado término municipal.
Don Faustino Emilio Santos López Baquero y Doña Antonia Pérez Giménez como propietarios, en régimen de gananciales, de las citadas parcelas, han prestado su conformidad a la cesión de uso del terreno necesario para la instalación de la acometida eléctrica.
Visto el artículo 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto, y a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de julio de 2010.
Dispongo:
Primero.- Aceptar la cesión gratuita, efectuada por don Faustino Emilio Santos López Baquero y Doña Antonia Pérez Giménez, del uso del terreno cuya descripción es la siguiente:
Terreno con una extensión superficial de 3.240 m² de superficie, el cual discurrirá en una longitud aproximada de 1.080 metros y una anchura de 3 metros a lo largo del lindero oeste de las parcelas 49 y 50 del polígono 3 del termino municipal de Caravaca de la Cruz
.
Valor: el valor de los terrenos asciende a cuatro mil doscientos cuatro euros con veintiún céntimos (4.204,21 €).
Inscripción: Las fincas se encuentran inscritas en el Registro de la Propiedad de Caravaca de la Cruz según se detalla:
- Finca 8.542, tomo 1.630, libro 637, folio 195, inscripción 10.ª
- Finca 8.524, tomo 1.630, libro 637, folio 187, inscripción 8.ª
Las fincas...
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