Decreto de la Presidencia n.º 28/2014, de 10 de julio, por el que se modifica el Decreto de la Presidencia n.º 4/2014, de 10 de abril, de reorganización de la Administración Regional.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Julio de 2014
SecciónComunidad Autónoma
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

Por Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma número 4/2014, de 10 de abril, de reorganización de la Administración Regional, que modifica el número, denominación y competencias de las Consejerías, así como su orden de prelación, se ha llevado a cabo una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional, que se materializa en el establecimiento de los respectivos Órganos Directivos de las diferentes Consejerías, mediante la aprobación de los correspondientes Decretos de Consejo de Gobierno.

Razones de eficiencia y eficacia administrativa hacen necesaria la modificación de algunas competencias atribuidas a la Consejería de Presidencia y Empleo y a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.

El artículo 5.3 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma la facultad de crear y suprimir las Consejerías, o modificar la denominación y las competencias atribuidas a las existentes.

En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que legalmente me están atribuidas,

Dispongo

Artículo único Modificación del Decreto de la Presidencia n.º 4/2014, de 10 de abril, de reorganización de la Administración Regional.

El Decreto de la Presidencia n.º 4/2014, de 10 de abril, de reorganización de la Administración Regional, publicado en el «B.O.R.M.» no 84 de fecha 11 de abril de 2014, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El párrafo primero del artículo 2 queda redactado del siguiente modo:

La Consejería de Presidencia y Empleo es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: administración local; relaciones con la Asamblea Regional y las relaciones institucionales; asesoramiento jurídico, representación y defensa en juicio de la Comunidad Autónoma; relaciones con la Unión Europea; fundaciones y colegios profesionales, sin perjuicio de las competencias que en estas materias estén atribuidas a otras Consejerías; asociaciones; espectáculos públicos y taurinos; participación ciudadana en la vida pública; relaciones con las comunidades asentadas fuera de la...

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