Orden resolutoria relativa al Plan Interior de Contingencias por Contaminación Marina Accidental en Dársena Deportiva Villa de San Pedro. Expte. PCP19/2009 (PMUR19).

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Orden resolutoria

Visto el expediente PCP 19 / 2009 (PMUR 19) relativo a la solicitud de aprobación del “Plan Interior de Contingencia por Contaminación Marina Accidental del Puerto Deportivo del Club Náutico Villa de San Pedro”, y en base a los siguientes

Antecedentes

Primero: En agosto de 2006, se elabora el “Plan Interior de Contingencia por Contaminación Marina Accidental del Puerto Deportivo Villa de San Pedro” y se remite a la Dirección General de Transportes y Puertos por el Club Náutico Villa de San Pedro.

Segundo: En fecha 30 de noviembre de 2006 se remite el referido plan a Capitanía Marítima, al objeto de que se emita informe al respecto.

Tercero: El 14 de febrero de 2007 tiene entrada en la entonces Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes informe favorable de Capitanía Marítima en Cartagena, del Ministerio de Fomento.

Cuarto: En fecha 13 de octubre de 2009 se emite informe por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Transportes y Puertos.

Quinto: En fecha 11 de noviembre de 2009 se notifica el informe de Capitanía Marítima al Club Náutico, para la inclusión y subsanación de los puntos detectados por la misma en el Plan objeto del presente procedimiento.

Sexto: El 12 de noviembre de 2009 tiene entrada en registro de esta Comunidad Autónoma la subsanación del referido plan.

Séptimo: En fecha 3 de febrero de 2010 se emite informe por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Transportes y Puertos.

Octavo: El 26 de febrero del corriente se notifica al Club Náutico interesado escrito formulado por la Dirección General de Transportes y Puertos, con el fin de introducir algunas modificaciones en el Plan Interior de Contingencia por Contaminación Marina Accidental.

Noveno: En fecha 18 de mayo de 2010 tiene entrada en registro escrito del Club Náutico Villa de San Pedro, adjuntando el referido Plan subsanado.

Décimo: Una vez recibido el Plan Interior de Contingencia modificado se emite informe por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Transportes y Puertos el 4 de junio del corriente.

Undécimo: Se emite Informe Jurídico en fecha 30 de junio de 2010 por los Servicios Jurídicos de Secretaría General de esta Consejería.

A estos Antecedentes son de aplicación las siguientes:

Fundamentaciones

Primera.- El Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio es el órgano competente para la aprobación definitiva del Plan Interior de Contingencias objeto del presente procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en relación con el Decreto 2/82, de 9 de agosto, sobre atribución de competencias, medios y recursos de la Diputación Provincial de Murcia a la CARM y el artículo 3 del Real Decreto 253/2004, de 13 de febrero, por el que se establecen medidas de prevención y lucha contra la contaminación, en las operaciones de carga, descarga y manipulación de hidrocarburos en el ámbito marítimo y portuario.

Segunda: El informe emitido por Capitanía Marítima con entrada en registro el 14 de febrero de 2007 indica lo siguiente:

El Plan, que debe ser aprobado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previo informe de esta Capitanía Marítima, ha causado...

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