Orden de 4 de diciembre de 2012, de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, por la que se procede a la reversión del traspaso de competencias y funciones de la Consejería a la Entidad Pública del Transporte en materia de servicios regulares de viajeros.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de 1 de diciembre de 2010, de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio (B.O.R.M.. n.º 281, de 4 de diciembre), se ha procedido al traspaso efectivo de competencias y funciones de la Consejería a la Entidad Pública del Transporte en materia de servicios regulares de viajeros.

Las competencias y funciones traspasadas eran las que figuraban en el Acta que se transcribía como Anexo a la citada Orden, en virtud del acuerdo suscrito entre la entonces Directora General de Transportes y Puertos y el Director Gerente de la Entidad Pública del Transporte.

El Proyecto de Ley de Medidas Tributarias, Administrativas y de Reordenación del Sector Público Regional para el año 2013 (en adelante Proyecto de Ley de Acompañamiento), prevé la extinción de la Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia en su artículo 69 y, en consonancia con dicha decisión, en la Disposición derogatoria primera, la derogación de la Ley 3/2006, de 8 de mayo, de Creación de la referida Entidad, en el marco de la reordenación del sector público regional abordada.

El apartado primero de la Disposición transitoria séptima del referido Proyecto de Ley, indica lo siguiente:

1. Una vez que sea efectiva la extinción de la Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia, los procedimientos y demás actuaciones tramitadas por este organismo que se encuentren en curso pasarán a ser asumidas por la Consejería de la Administración Regional competente en materia de transportes, a través del Centro Directivo correspondiente, excepto las relativas al transporte urbano que le hubieran sido atribuidas conforme a lo dispuesto en el artículo 5.4 de su Ley de Creación, subrogándose asimismo en los derechos y obligaciones del citado organismo. Mediante Orden del Consejero competente en materia de transportes publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia se materializará la reversión del traspaso efectivo de competencias y funciones de la Consejería a la Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia.

No obstante lo anterior, existen asimismo funciones que están siendo desempeñadas por la Entidad Pública del Transporte, en aplicación de la Ley 10/2009, de 30 de noviembre, de Creación del Sistema Integrado de Transporte Público de la Región de Murcia y Modernización...

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