Orden de 2 de enero de 2012 de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se establece el contenido del reverso de los cartones del juego del bingo en su modalidad tradicional.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Los artículos 36 del Decreto n.º 194/2010, de 16 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo de la Región de Murcia y se modifica el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y 118 del Decreto 217/2010, de 30 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas de las Región de Murcia regulan los requisitos a los que han de ajustarse la venta y el formato de los cartones con los que han de practicarse las partidas del juego del bingo en la modalidad de bingo tradicional.

La Ley 7/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y de fomento económico en la Región de Murcia modifica la Tasa Fiscal sobre el Juego en la modalidad de bingo tradicional, estableciendo una nueva fórmula para la determinación de la cuota tributaria y fijando unos tipos tributarios del 40%, 50% y 55% a aplicar en función de la suma de los valores faciales de los cartones adquiridos por cada sala desde el 1 de enero de cada año, dando así una nueva redacción al artículo 9, apartado 1, del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre.

En consonancia con lo anterior, se modifica del mismo modo, el porcentaje destinado a premios contenido en los anexos I y II del Decreto nº 194/2010, de 16 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo de la Región de Murcia y se modifica el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Se hace necesario la aprobación de una Orden que determine el contenido del reverso de los cartones del juego del bingo en su modalidad tradicional en el que se recojan las aludidas modificaciones normativas, en orden a garantizar a los jugadores la máxima transparencia en el desarrollo del juego.

Por ello, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 1 y 7 del Decreto n.º 142/2011, de 8 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Economía y Hacienda.

Dispongo

Artículo Único Contenido del reverso de los cartones de bingo.

El contenido del reverso de los cartones homologados para la práctica del juego del bingo en su...

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