Seguridad Social 1.308/2010.

SecciónAdministración de Justicia
EmisorDe lo Social numero Uno de Murcia

NIG: 30030 44 4 2010 0008930

N81291

N.º autos: Seguridad social 1.308/2010

Demandante: Yolanda Pérez Martil

Abogado: Letrado Comunidad(Servicio Provincial)

Doña Pilar Isabel Redondo Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia,

Hago saber: Que en el procedimiento Seguridad Social 1.308/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Yolanda Pérez Martil contra la empresa Tesorería General de la Seguridad Social, Pícaro, S.L., Inss, Servicio Murciano de Salud, Ibermutuamur Ibermutuamur, Mutua Fremap Mutua Fremap, Promociones y Construcciones Sebastián Castillo, S.L. sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

En Murcia, a 20 de mayo de 2013.

Don Ramón Álvarez Laita Magistrado Juez del Juzgado de lo Social número Uno tras haber visto el presente seguridad social 1.308/2010 a instancia de Yolanda Pérez Martil, asistida por el Letrado Joaquín Dólera López, contra INSS y TGSS, defendidos por la Letrada doña María del Carmen Vílchez Hernández, Servicio Murciano de Salud, defendido por la Letrada María Antonia Micol Ródenas, Mutua Fremap, defendida por la Letrada María José Orenes Miralles, Ibermutuamur defendida por el Letrado José Carlos Victoria Ros, Promiciones Y Construcciones Sebastián Castillo S,L. y Pícaro, S.L. que no comparecen, En Nombre del Rey, ha pronunciado la siguiente:

Sentencia 231

Antecedentes de hecho

PRIMERO.- Doña Yolanda Pérez Martil presentó demanda de seguridad social contra Tesorería General de la Seguridad Social, Pícaro, S.L., Inss, Servicio Murciano de Salud, Ibermutuamur, Mutua Fremap, Promociones y Construcciones Sebastián Castillo, S.L., en la que exponía los hechos en que fundaba su pretensión, hacía alegación de los fundamentos de derecho que entendía aplicables al caso y finalizaba con la súplica de que, tras su legal tramitación se dicte sentencia en la que se acceda a lo solicitado en el suplico de la demanda.

SEGUNDO.- Que admitida a trámite la demanda, se ha/n celebrado los actos de conciliación, y en su caso, juicio/el acto de juicio con el resultado que obra en las actuaciones.

TERCERO.- En la tramitación de estos autos se han observado todas las prescripciones legales.

Hechos probados

PRIMERO.- Resultando probado que Da. Yolanda Pérez Martil, natural de Ubeda (Jaén) nacida el 27-8-1.978, ha sido alta en Seguridad Social, Régimen General, por tareas de camarera para Pícaro,S.L. y de limpiadora para Promociones y Construcciones Sebastián Castillo,S.L.

SEGUNDO.- Fue dada de baja por incapacidad temporal el 25-5-2010 por médico perteneciente al S.M.S. cuando trabajaba para...

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