Seguridad Social 916/2012.

SecciónAdministración de Justicia
EmisorDe lo Social numero Tres de Murcia

NIG: 30030 44 4 2012 0007313

N28150

Seguridad social 916/2012

Sobre seguridad social

Demandante: Joaquín Viteri Iniesta

Abogado: José Javier Conesa Buendía

Servicio Común de Ordenación del Procedimiento Social de Murcia

Avda. Ronda Sur, esquina c/ Senda Estrecha, s/n

30011 - Murcia

Teléfono: 968.81.72.65

Fax: 968.81.72.66

Doña María del Carmen Ortiz Garrido, Secretaria Judicial del SCOP Social (Juzgado de lo Social número Tres) de Murcia,

Hago saber: Que en el procedimiento seguridad social 916/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Joaquín Viteri Iniesta contra la empresa “Operadores de Transportes Región de Murcia”, sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Diligencia de ordenación

Secretaria Judicial Sra. doña María del Carmen Ortiz Garrido

En Murcia, a treinta de septiembre de dos mil trece.

Por presentado en anterior escrito por el demandante, únase a los autos de su razón. Se acuerda tener por ampliada la demanda contra Ibermutuamur y contra “Operadores de Transportes Región de Murcia”, haciéndole saber que quedan citados con los mismos apercibimientos que en el Decreto inicial, citándoles para la celebración del acto de conciliación, y Juicio señalado para el próximo día 14 de abril de 2015 a las 10:10 horas, para la celebración de la conciliación previa en la sala de vistas nº 1 y, en su caso, a las 10:20 horas para la celebración del juicio, en la sala de vistas nº 3, notificándole así mismo el Decreto de admisión con copia de la demanda.

Asimismo recábese información, a través de la aplicación informática de acceso a la TGSS y del Registro Mercantil, de la situación actual de la empresa demandada “Operadores de Transportes Región de Murcia” y la posible existencia de administradores, ad cautelam cítese por edictos.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con...

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