Decreto de la Presidencia número 21/ 2003, de 4 de julio, por el que se establecen las sustituciones de los titulares de las Consejerías en los supuestos de ausencia o enfermedad.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

El artículo 15.3 de la Ley 1/ 1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma en su condición de Presidente del Consejo de Gobierno, la facultad de encomendar a un Consejero el despacho ordinario de otra Consejería, por ausencia o enfermedad de su Titular.

Tras la reorganización de estructura departamental de la Administración Regional, y con objeto de evitar dilaciones y retrasos en el despacho ordinario de los asuntos de las distintas Consejerías, en uso de las facultades que legalmente me están atribuidas.

Dispongo Artículo único.

A los efectos del despacho ordinario de las Consejerías y con objeto de prever la sustitución de sus Titulares en los casos de ausencia o enfermedad, se establece el siguiente cuadro de sustituciones:

Los titulares de las Consejerías de Presidencia y Hacienda, se sustituirán entre sí.

Los titulares de las Consejerías de Educación y Cultura y Agricultura, Agua y Medio Ambiente, se sustituirán entre sí.

Los titulares de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR