Orden de 4 de abril de 2011 de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se aprueba el procedimiento telemático para la cumplimentación, pago y presentación de la tasa fiscal sobre el juego en la modalidad de casinos de juego, modelo 044 y del impuesto regional sobre los premios del bingo, modelo 046.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Por medio de la Orden de 3 de diciembre de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se aprueban los modelos en euros de impresos a utilizar en la gestión de los tributos a cargo de la Dirección General de Tributos y determinados impresos de juego, se aprobaron los modelos de impresos de declaración, declaración-liquidación y autoliquidación, en concreto el modelo 044 “Tasa Fiscal sobre el juego. Casinos de juego. Declaración, autoliquidación e ingreso de la Tasa en euros” y el modelo 046 “Impuesto Regional sobre los premios del Bingo. Declaración-liquidación e ingreso del impuesto”.

El procedimiento telemático para la cumplimentación, pago y presentación de la Tasa Fiscal sobre el Juego y el Impuesto Regional sobre los Premios del Bingo se encuentra regulado en la Orden de 9 de mayo de 2003, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento general para el pago y presentación telemática de declaraciones. El artículo 2 de la citada Orden determina que la presentación telemática, será de aplicación entre otros, a las declaraciones de la Tasa Fiscal sobre el juego y a cualquier otro impuesto cuya gestión sea competencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La Tasa Fiscal sobre el Juego es un tributo cedido a la Comunidad Autónoma sobre la que tiene competencia normativa para regular los aspectos de su aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.2 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, y en el artículo 19.2 e) de la Ley Orgánica 8/1980 de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

El artículo 10.1, apartado 2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia, en materia de tributos cedidos, habilita a la Consejería de Economía y Hacienda para establecer la presentación obligatoria de las declaraciones por medios telemáticos en aquellos tributos o modalidades de los mismos que resulten susceptibles de tal forma de presentación.

Respecto al Impuesto Regional sobre los Premios del Bingo, regulado por la Ley 12/1984, de 27 de diciembre, desarrollada por el Decreto 18/1985, de 28 de...

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