Orden de 17 de junio de 2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se prorroga temporalmente el horario de cierre para determinados establecimientos públicos del municipio de Totana.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas |
Rango de Ley | Orden |
El Ayuntamiento de Totana ha solicitado, con motivo de la celebración en este municipio de las Fiestas Patronales de Santiago Apóstol, prorrogar con carácter extraordinario y temporal los horarios de cierre de establecimientos y espectáculos públicos, regulados mediante Circular 2/1994, de 16 de febrero, de la Delegación de Gobierno y todo ello con objeto de dar satisfacción a la demanda social sin perjuicio del mantenimiento de las medidas necesarias para evitar perturbaciones a la seguridad, salubridad y condiciones ambientales.
En su virtud, en aplicación de las facultades que tengo atribuidas y de conformidad con el Real Decreto 1.279/1994, de 10 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma y el Decreto 53/2001, de 15 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y el Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma 17/2010, de 3 de septiembre, de Reorganización de la Administración Regional y el Decreto 14/2011, de 25 de febrero, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, he tenido a bien dictar la siguiente
Orden
Primero.- En el municipio de Totana con motivo de las Fiestas Patronales de Santiago Apóstol, los establecimientos debidamente autorizados, pertenecientes al Gremio de Hostelería y Bares, Discotecas, Salas de Baile y Bares especiales podrán permanecer abiertos, prorrogando su horario de cierre sobre el horario regulado en la Circular 2/94 de la Delegación del Gobierno de 16 de febrero de...
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