Orden de 19 de octubre de 2011, del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, Presidente del Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia, sobre delegación de competencias en el Director Gerente.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorInstituto de la Vivienda y Suelo de la Región de Murcia
Rango de LeyOrden

Por Ley 1/1999, de 17 de febrero, se creó el Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia, que establece, en su artículo 8, los órganos de gobierno y de administración y gestión del organismo autónomo.

Recientemente, mediante Decreto número 12/2011, de 27 de junio (BORM número 146, de 28 de junio de 2011), se acordó la nueva reorganización de la Administración Regional, que ha establecido un nuevo marco de distribución orgánica y competencial.

En el mismo diario oficial se publicó el Decreto número 16/2011, de 27 de junio, por el que se nombra al titular de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, (BORM número 146 de 28 de junio) a la que está adscrito el Instituto de Vivienda y Suelo y, por ende, Presidente de éste último.

Mediante Decreto 144/2011 de 8 de julio (BORM número 157 de 11 de julio) se establecieron los Órganos Directivos de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio.

Mediante Decreto número 199/2011, de 8 de julio (BORM. número 157, de 11 de julio), se nombró al Director Gerente del Instituto de Vivienda y Suelo.

Todo ello hace aconsejable dictar una nueva orden de delegación como consecuencia de los cambios experimentados en los órganos de presidencia y dirección del organismo autónomo desde que fue dispuesta la anterior delegación de competencias.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2004 de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; en concordancia con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y, asimismo, de conformidad con el artículo 12, apartado primero, subapartado j), de la Ley 1/1999, de 17 de febrero, de Creación del Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia,

Dispongo

Artículo 1

Se delegan en la Director Gerente del Instituto de la Vivienda y Suelo de la Región de Murcia las siguientes competencias:

  1. En materia económica y de gestión presupuestaria

    1. - La facultad de retención de créditos, autorización, disposición o compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago con cargo a las consignaciones incluidas en los Capítulos I y II de todos los programas de gasto del Instituto, así como la declaración de pagos indebidos por cualquier concepto retributivo, tanto del personal funcionario como laboral, así como, la...

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