Decreto n.º 282/2010, de 8 de octubre, por el que se modifica el Decreto n.º 240/2010, de 3 de septiembre, de concesión directa a UGT de Murcia para acondicionamiento de la Casa del Pueblo de Llano del Beal.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Consejo de Gobierno en su sesión de 3 de septiembre de 2010, acordó aprobar el Decreto n.º 240/2010, por el que se regula la concesión directa de una subvención a UGT de Murcia para el acondicionamiento de la Casa de Llano del Beal.

Por circunstancias sobrevenidas se ha considerado imprescindible establecer un nuevo plazo de ejecución y justificación de la subvención concedida.

Por todo ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 8 de octubre de 2010.

Dispongo

Artículo único Modificación del Decreto n.º 240/2010, de 3 de septiembre, de concesión directa de una subvención a UGT de Murcia para el acondicionamiento de la Casa del Pueblo de Llano del Beal.

Se modifica el artículo 7 que queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 7 Pago y régimen de justificación.

La aportación de la Consejería tiene el carácter de subvención paccionada y pospagable, aplicándose para la anualidad 2010 a la Partida 19.04.00.455A.788.03 “Organizaciones sindicales”, Proyecto de gasto 30817 “A UGT para centro cultural del Llano del Beal” (Subproyecto 0409531000010). Su abono se realizará tras la firma de la Orden del Consejero mediante transferencia a la organización UGT, en cuanto entidad beneficiaria de la subvención.

El plazo de ejecución para llevar a acabo la actividad subvencionada será del 1 de enero de 2009 al 20 de noviembre de 2010.

La organización UGT de Murcia se obliga a acreditar el acondicionamiento de la Casa del Pueblo del Llano del Beal con los gastos y los pagos correspondientes por la totalidad de la subvención recibida y que dicho acondicionamiento genere:

  1. La acreditación del acondicionamiento se realizará por medio de una memoria conformada por el Secretario General de la entidad beneficiaria.

  2. La acreditación del gasto se realizará por medio de facturas; conformadas por la entidad beneficiaria; y acorde en cuantía y referencia con la memoria.

  3. La acreditación del pago se realizará mediante los...

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