Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se otorga el permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Murcia, A» número 22.184, situado en los términos municipales de Moratalla y Caravaca de la Cruz, a favor de la empresa Repsol Investigaciones Petrolíferas, S. A.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia, Industria e Innovacion
Rango de LeyAcuerdo

El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en sesión celebrada el día 21 de noviembre de 2.003, a propuesta del Consejero de Economía, Industria e Innovación, acordó otorgar el Permiso de Investigación de Hidrocarburos denominado Murcia, A» n.º 22.184, situado en los términos municipales de Moratalla y Caravaca de la Cruz, a favor de la empresa Repsol Investigaciones Petrolíferas S. A., en los términos y con las condiciones siguientes:

Permiso de investigación de hidrocarburos denominado Murcia A, n.º 22.184, en los términos municipales de Moratalla y Caravaca de la Cruz.

Primero.

Definición del permiso de investigación.

Se otorga a «Repsol Investigaciones Petrolíferas S. A.», por un periodo de seis años, el permiso de investigación de hidrocarburos, cuya área se define por lo vértices cuyas coordenadas geográficas con las longitudes referidas al meridiano de Greenwich se describen a continuación:

Expediente Nº 22.184, Permiso «MURCIA A» de 26.840 hectáreas, y cuyos límites son:

VÉRTICE PARALELO MERIDIANO 1 38º 15' 2º 05' 2 38º 15' 1º 55' 3 38º 05' 1º 55' 4 38º 05' 2º 05' Segundo.

Compromisos y programas de investigación.

El permiso se otorga a riesgo y ventura del interesado, quedando sujeto a todo lo dispuesto en la Ley 34/ 1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, al Reglamento sobre investigación y explotación de hidrocarburos, aprobado por el Real Decreto 2362/ 1976, de 30 de julio, así como a la oferta de la compañía adjudicataria en lo que no se oponga a lo especificado en este real decreto.

El programa y condiciones de ejecución de los trabajos de investigación de hidrocarburos a los que el titular se compromete se definen en la siguiente cláusula:

Durante el periodo de vigencia del permiso, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 28 del citado Reglamento sobre investigación y explotación de hidrocarburos, aprobado por el Real Decreto 2362/ 1976, de 30 de julio, el titular, de acuerdo con su propuesta, viene obligado a realizar el siguiente programa de trabajos e inversiones:

  1. Durante los tres primeros años:

    Reprocesado sísmico de 200 Km.

    Interpretación sísmica.

    Geoquímica de campo y modelados.

    Geología de campo.

    Inversión mínima a realizar:

    194.000 , equivalente a 2,41 /Ha/ año.

  2. Durante el cuarto año:

    Trabajos de geología y geofísica.

    Inversión mínima a realizar:

    97.000 , equivalentes a 3,61 /Ha c) Durante el quinto año:

    Trabajos de geología y geofísica.

    Inversión mínima a realizar:

    ...

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