Corrección de errores de la Resolución de 3 de octubre de 2012, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo, de Convenio Sabic Innovative Plastics España, S.C.A. (anteriormente G.E. Plastics de España S. Com. por Acciones).
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Educación, Formación y Empleo |
Rango de Ley | Corrección de errores |
Advertido error en el texto de la Resolución de 3 de octubre de 2012, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo, de Convenio; número de expediente, 30/01/0001/2012; referencia, 201244110016; denominación, Sabic Innovative Plastics España S.C.A. (Anteriormente G.E. Plastics de España S. COM. por Acciones); código de convenio, 30001842011996; ámbito, Empresa, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, nº 245, de fecha 22 de octubre de 2012, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
A la resolución publicada se ha de anexionar el texto del convenio que se adjunta.
Murcia, 30 de enero de 2013.—El Director General de Trabajo, por Delegación de Firma, el Subdirector General de Trabajo (Resolución de 01-10-2007), Pedro Juan González Serna.
II CONVENIO COLECTIVO DE SABIC INNOVATIVE PLASTICS ESPAÑA, S.COM.POR A. 2012-2014
ÍNDICE
PLURIEMPLEO.
VIAJES, DESPLAZAMIENTOS Y TRASLADOS.
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Complemento o Plus Retén/Call out.
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Complemento o plus de turnicidad.
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Plus de Festivos.
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Complemento Brigada de Emergencias.
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Complemento de jornadas especiales.
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Complemento de Puesto de Trabajo (CPT).
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Premio Vinculación.
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Bonus.
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Complemento para el Personal a Turnos.
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Complemento de conocimiento.
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Bonus de Absentismo.
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Cumplimiento de objetivos de la Compañía.
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Criterios para el establecimiento de objetivos.
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Asignación y reparto.
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ESTRUCTURA RETRIBUTIVA
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REVISIÓN SALARIAL
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Empleados de jornada ordinaria
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Empleados de jornada a Turnos.
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Operadores a días.
JUBILACIÓN.
ANEXOS
CA?PÍTULO I: ÁMBITO, COMPENSACIÓN Y ABSORCIÓN, GARANTÍA PERSONAL Y VINCULACIÓN A LA TOTALIDAD
AR?TÍCULO 1. NATURALEZA
El presente Convenio Colectivo constituye la expresión libremente adoptada por las partes en el ejercicio de su autonomía colectiva, y se ampara en la fuerza normativa que refiere el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo.
En virtud del principio de no concurrencia dispuesto en el artículo 84 del Real Decreto Legislativo 1/95 de 24 de marzo, no se podrá invocar a ningún efecto la aplicabilidad de normas dimanantes de Convenios Colectivos de ámbito distinto, aun cuando anteriormente hubieran tenido vigencia en Sabic Innovative Plastics España, S. COM. por ACC. (en adelante la Compañía o la Empresa) o se hubieran aplicado con carácter supletorio o complementario.
El presente Convenio viene a derogar y sustituir cuantas Normas Paccionadas, Convenios Extraestatutarios, Acuerdos de Empresa o similares se encontrasen en vigor en su ámbito de aplicación, con excepción de aquellas que hayan sido incorporadas a los contratos individuales de trabajo como condiciones más beneficiosas, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 5.
AR?TÍCULO 2. ÁMBITO TERRITORIAL Y FUNCIONAL
El presente Convenio es de aplicación exclusiva en los centros de trabajo de Sabic Innovative Plastics España, S. COM. por A., sita en La Aljorra, carretera Cartagena/Alhama de Murcia, Km. 13, de la Región de Murcia.
Por Acuerdo entre la Dirección de la Empresa y los representantes de los trabajadores podrá extenderse el ámbito territorial del presente Convenio a plantas de nueva construcción en el emplazamiento.
AR?TÍCULO 3. ÁMBITO PERSONAL
El Convenio afectará a todo el personal de la Compañía, con las excepciones previstas en los artículos 1.3.º y 2 del Estatuto de los Trabajadores.
La exclusión del ámbito del presente Convenio Colectivo sólo procederá por la libre y voluntaria decisión del empleado, manifestada por escrito y aceptada expresamente por la Compañía.
Todo lo redactado en el presente Convenio referente a los trabajadores en términos...
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