Orden de 11 de junio de 2014 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden de 11 de marzo de 2013, por la que se aprueban los modelos de declaración-liquidación y autoliquidación correspondientes a los impuestos medioambientales creados por la ley 9/2005, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios año 2006, y se determina el lugar, forma y plazos para su pago y presentación.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, ha modificado en su artículo 3 la Ley 9/2005, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios, año 2006, que regula en el ámbito regional los impuestos medioambientales, afectando dicha modificación a determinados elementos del Impuesto sobre almacenamiento o depósito de residuos en la Región de Murcia. Entre las novedades introducidas en este impuesto destaca la obligación a cargo de los sujetos pasivos de fraccionar su pago mediante la presentación durante el ejercicio de una autoliquidación en los primeros veinte días naturales de los meses de abril, julio y octubre, comprensiva de las operaciones realizadas en el trimestre natural anterior.

Con la finalidad de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de dicha obligación, se hace preciso modificar la Orden de 11 de marzo de 2013 que aprueba los modelos de declaración-liquidación y autoliquidación correspondientes a los impuestos medioambientales aprobando el nuevo modelo para efectuar el pago fraccionado a cuenta del impuesto. Asimismo, la realización de los pagos fraccionados trimestrales hace necesario modificar la estructura del actual modelo 060 de declaración-liquidación anual a fin de incluir en el mismo las casillas correspondientes a dichos pagos y su deducción sobre la cuota tributaria del ejercicio.

Por último, continuando en la misma línea que se viene aplicando para el resto de los modelos de estos impuestos, el nuevo modelo se configura en formato exclusivamente electrónico, al igual que el procedimiento para su pago y presentación.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 c) y 26.1de la Ley 9/2005, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios año 2006, corresponde a la Consejería competente en materia de hacienda la aprobación de los modelos de autoliquidación así como el procedimiento para su pago y presentación, por lo que en su virtud y de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia,

Dispongo:

Artículo único

Modificación de la Orden de 11 de marzo de 2013 de la Consejería de Economía y Hacienda y de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueban los modelos de declaración-liquidación y autoliquidación correspondientes a los impuestos medioambientales creados por la...

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