Orden del Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, de fecha 1 de octubre de 2014, relativa a la aprobación definitiva de la modificación n.º 9 del PGMO de Cieza, supresión del APE-15. Expte. 96/13 de planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Con fecha 1 de octubre de 2014 el Excmo. Sr. Consejero de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden:

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 7 de octubre de 2013 el pleno municipal acordó aprobar el avance de la presente Modificación, que fue sometido a información pública mediante la publicación de los correspondientes anuncio en los diarios La Opinión y La Verdad (de 18 y 21 de octubre de 2013), y en el BORM de 26 de octubre de 2013.

La Dirección General de Territorio y Vivienda emitió informe sobre dicho documento con fecha 10 de febrero de 2014.

Segundo.- El Ayuntamiento de Cieza, en sesión plenaria de 14 de abril de 2014, aprobó inicialmente la modificación de referencia y, después de someterla a información pública mediante la inserción de los correspondientes anuncios en los diarios La Verdad y La Opinión de 28 de abril de 2014 y BORM de 30 de ese mismo mes y año, en sesión plenaria de 7 de julio de 2014, acordó su aprobación provisional y remisión a esta Consejería para su aprobación definitiva. Lo que hizo mediante oficio registrado de entrada el 16 de julio de 2014.

Tercero.- Con fecha 29 de julio de 2014, el Servicio de Urbanismo emitió informe sobre la documentación que hasta ese momento conforma dicha Modificación de Plan General, que señala objeción alguna. Y, la Comisión de Coordinación de Política Territorial, en su sesión de 25 de septiembre de 2041, y, oído el anterior informe acuerda informar favorablemente la aprobación definitiva.

Fundamentos de derecho

Primero.- De conformidad con lo previsto en los artículos 138 y 136 del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, la competencia para aprobar las modificaciones de los instrumentos de planeamiento general que, como la presente, tienen carácter estructural corresponde al titular de esta Consejería.

Segundo.- La tramitación de esta modificación cumple con los requisitos exigidos en los artículos 135 y 136 del antedicho Decreto Legislativo. Y, a tenor de los informes obrantes en el expediente, y, de conformidad con lo establecido en su artículo 137.a) procede su aprobación definitiva.

Visto el informe del Servicio Jurídico Administrativo de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, demás antecedentes que obran en el expediente, y a propuesta de la Directora General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, en uso de las facultades que me...

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