Decreto n.º 106/2010, de 28 de mayo, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la propiedad de una parcela sita en el término municipal de Fortuna, de 2.877,99 m² de superficie, con destino a la construcción de un Centro de Salud.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
El Ayuntamiento de Fortuna, en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2009, acordó aprobar la cesión con carácter gratuito, libre de cualquier género de carga o gravamen, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la propiedad de una parcela de terreno, sita en el término de Fortuna, con una superficie de 2.877,99 m², con destino a la construcción de un Centro de Salud.
La Consejería de Sanidad y Consumo, a través de la Dirección General de Planificación, Ordenación Sanitaria y Farmacéutica e Investigación, emitió informe favorable a la aceptación de esta cesión.
Visto el artículo 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto, y a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 28 de mayo de 2010.
Dispongo
Primero.- Aceptar la cesión gratuita, efectuada por el Ayuntamiento de Fortuna, de la propiedad del terreno cuya descripción es la siguiente:
Urbana: En el término municipal de Fortuna, parcela de terreno destinada a equipaciones, resultante de la reparcelación del Polígono de Ejecución PE-3. Tiene una superficie de dos mil ochocientos setenta y siete coma noventa y nueve metros cuadrados (2.877,99 m²), que linda: Norte, prolongación de la calle Félix Santiuste; Sur, zonas verdes; Este, calle de la Libertad; y oeste, calle Murillo.
·
Valor: Trescientos once mil setenta y nueve euros (311.079,00 €).
Inscripción: la finca figura inscrita libre de cargas y gravámenes a favor del Ayuntamiento de Fortuna, en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Cieza, con el número 13.634, tomo 899, libro 122, folio 36, alta 1.ª
La finca, salvo afecciones fiscales, se encuentra libre de cargas y gravámenes.
Segundo.- El citado inmueble se acepta con destino a la construcción de un Centro de Salud.
Tercero.- La finca cedida deberá ser destinada al uso que se ha señalado, en el plazo máximo de cinco años. Dicho destino deberá ser mantenido durante, al menos, los treinta años...
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