Orden de 27 de junio de 2013, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se modifica la Orden de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula la pesca artesanal de pulpo (octopus vulgaris) con nasas en aguas interiores de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Agricultura y Agua
Rango de LeyOrden
Artículo único Modificación de la Orden de 19 de septiembre de 2002, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se regula la pesca artesanal de pulpo (Octopus vulgaris) con nasas en aguas interiores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La Orden de 19 de septiembre de 2002, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se regula la pesca artesanal de pulpo (Octopus vulgaris) con nasas en aguas interiores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, queda modificada como sigue:

Uno. Se añade un nuevo apartado al artículo 2 con la siguiente redacción:

Aquellas embarcaciones que estando censadas en la modalidad de artes menores en el Censo de Flota Pesquera Operativa, no tengan establecida su base en alguno de los puertos de la Región de Murcia, y sus armadores estén afiliados a una Cofradía de Pescadores de la Región de Murcia, por estar ejerciendo habitualmente su actividad en puertos de esta Comunidad Autónoma, podrán solicitar autorización para la práctica de esta pesquería previo informe favorable de la Cofradía de Pescadores del distrito marítimo donde solicite el calamento de nasas, la cual emitirá el mencionado informe previa consulta a los armadores...

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